Disposición 197/2009
Fecha de disposición | 27 Enero 2010 |
Fecha de publicación | 27 Enero 2010 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31825 |
ACTA ACUERDO En la Nº 31.830 47 a fin de que el Departamento Coordinación registre los presentes Acuerdos y Acta Complementaria, obrantes a fojas 308, 309 y 310 del Expediente Nº 1.131.176/05.
Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.
Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, de los Acuerdos y Acta Complementaria homologados y de esta Disposición, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo,
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.131.176/05
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2009
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 197/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 308 y 310 del expediente principal, y del acuerdo obrante a fojas 309 del expediente de referencia, quedando registrados con los números 1380/09 y 1381/09 respectivamente.
-- JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.
ACTA Expte. Nº 1.131.176/05
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 13 días del mes de mayo de 2009 y en la Sede Central de la Unión Ferroviaria se reúnen, en su representación, los señores José A. Pedraza y José Munafó, los Delegados de Personal Juana Alicia Montenegro y Hugo Arias, y por la Clínica Alvear-Alem --Sisame S.A.--, el doctor Omar E.Lacman, a fin de analizar el petitorio presentado por la representación gremial sobre la necesidad de actualizar el nivel adquisitivo de los salarios que perciben los trabajadores dependientes de los establecimientos asistenciales de la empresa en Alta Gracia (Pcia. de Córdoba) y Diamante (Pcia. de Entre Ríos).
Luego de un detenido intercambio de opiniones, las partes arriban al siguiente acuerdo:
1) Incremento no remunerativo de pesos ciento cincuenta ($ 150.) para todas las categorías, por los meses de mayo y junio de 2009; que será efectivizado juntamente con los salarios del presente mes de mayo y de junio próximo, respectivamente.
2) A partir del 1º de julio de 2009, dicho monto no remunerativo se eleva a pesos trescientos ($ 300.) para todas las categorías y será efectivizado con los salarios correspondientes a cada mes considerado.
En prueba de conformidad y ratificación de lo...
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