Disposición 180/2010

Fecha de disposición26 Enero 2010
Fecha de publicación26 Enero 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31825

Que desde el punto de vista sustantivo las irregularidades constatadas configuran la presunta infracción a la Disposición ANMAT Nº 3475/05 que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Resolución MERCOSUR G.M.C. Nº 49/02, por la cual se aprueba el 'Reglamento Técnico Mercosur sobre Buenas Prácticas de Distribución de Productos Farmacéuticos' y al Artículo 2º de la Ley 16.463.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490/92 y Nº 253/08.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE:

ARTICULO 1º

Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires a la droguería Servicios Integrales Farmacéuticos de Raúl Bernardo Gendelman hasta tanto acredite el cumplimiento de la Buenas Prácticas de Almacenamiento,

Distribución y Transporte establecidas por Disposición --ANMAT-- Nº 3475/05 y obtenga nueva habilitación en los términos de la Disposición --ANMAT-- Nº 5054/09.

ARTICULO 2º

Instrúyase sumario sanitario a la firma Servicios Integrales Farmacéuticos de Raúl Bernardo Gendelman con domicilio en la calle Gallardo 380, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a quien resulte ser su Director Técnico, por las presuntas infracciones, detalladas en las actas de inspección Nº 339/09 y 1445/09, a la Disposición --ANMAT-- Nº 3475/05 que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Resolución MERCOSUR G.M.C. Nº 49/02, por la cual se aprueba el 'Reglamento Técnico Mercosur sobre Buenas Prácticas de Distribución de Productos Farmacéuticos' y al Artículo 2º de la Ley 16.463, por los argumentos expuestos en el considerando de la presente.

ARTICULO 3º

Regístrese.Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial.Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales.Notifíquese, a la autoridad sanitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido gírese al Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos Jurídicos a sus efectos. Cumplido, archívese. -- Dr. DANIEL GOLLAN, Subinterventor, A.N.M.A.T. P/A Dr. RICARDO MARTÍNEz, Interventor, A.N.M.A.T.

e. 26/01/2010 Nº 7482/10 v. 26/01/2010 MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA Disposición Nº 180/2010

Bs. As., 15/1/2010

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-661-09-6 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO:

Que por los referidos actuados el Instituto Nacional de Medicamentos...

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