Disposición 1/2010

Fecha de disposición13 Enero 2010
Fecha de publicación13 Enero 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31820
  1. Suspensiones por razones económicas: por falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor, de conformidad con los Artículos 218 al 221 y concordantes de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, t.o. 1976 y sus modificaciones;

  2. Despido por fuerza mayor o por falta o disminución de trabajo, de conformidad con el Artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, t.o. 1976 y sus modificaciones.

  3. Otras causas que la Autoridad de Aplicación considere pertinentes, de acuerdo a las circunstancias de hecho y de derecho invocadas.

En los casos que corresponda, el beneficiario del incentivo fiscal deberá acreditar ante la Comisión de Evaluación, que la situación que formalmente manifiesta, se encuentra encuadrada en el procedimiento preventivo de crisis de empresas previstoenelTítuloIII,CapítuloVIdelaLeyNº24.013 y sus normas reglamentarias y complementarias, de igual modo deberá acreditar que ha cumplimentado el procedimiento establecido por el Decreto Nº 328 de fecha 8 de marzo de 1988.

Art. 5º

La evaluación de las razones y circunstancias invocadas por el beneficiarios que insta el procedimiento preventivo voluntario establecido por la Resolución Conjunta Nº 21/09 del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y Nº 1.001/09 del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estará a cargo de la Comisión de Evaluación. La cual estará integrada por representantes de la:

-- SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIOY DE LA PEQUEÑAY MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

-- SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

-- SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

-- SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 6º

El beneficiario del régimen fiscal que adhiera al procedimiento preventivo establecido por la Resolución Conjunta Nº 21/09 del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y Nº 1001/09 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, podrá exponer hasta TREINTA (30)...

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