Disposición 175/2009

Fecha de publicación04 Diciembre 2009
Fecha de disposición04 Diciembre 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31795

DESCRIPCION DE PUESTO SUELDO BASICO Suma No Remunerativa Básico AYUDANTE SOLDADOR HERRERO 2.077 24

OPERARIO CUADRILLA VIAS Y OBRAS 2.092 25

OFICIAL SOLDADOR HERRERO 2.181 26

OFICIAL VIAS Y OBRAS 2.181 26

OPERADOR MECANICO DE EQUIPOS 2.500 29

CAPATAZ CUADRILLA FIJA 2.545 30

CAPATAZ DE COMUNICACIONES 2.728 32

Sueldo Básico y Adicional Alistamiento: se incrementaron en un 21% el Básico y Alistamiento del acta acuerdo vencida de febrero 2009 (celebrada el 4 de julio del 2008) · Antigüedad: 1% sobre básico por año de antigüedad reconocida.

VIATICOS GENERAL: $ 38

TRAFICO: $ 7,50

CUADRILLA FIRME: $ 13,90

CUADRILLA VOLANTE $ 48,40

La nueva suma no remunerativa del presente cuadro, reemplaza a todas las sumas no remunerativas de cuadros anteriores.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición Nº 175/2009

Registro Nº 1270/2009

Bs. As., 27/10/2009

VISTO el Expediente Nº 1.336.738/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/9 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, por la parte gremial y el ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO --ENHOSA-- por el sector empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo Nº 1005/08 'E'.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del...

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