Disposición 34/2009

Fecha de disposición28 Octubre 2009
Fecha de publicación28 Octubre 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31768

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio es la autoridad competente para aplicar sanciones por infracciones a las normas de seguridad radiológica, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 16, inciso g) de la Ley Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98

Por ello en su reunión del día 7 de octubre de 2009 (Acta Nº 12/09).

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR RESOLVIO:

ARTICULO 1º

Eximir de responsabilidad a la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA), en su carácter de Entidad Responsable del Yacimiento de Uranio 'Don Otto', con domicilio en la Av. del Libertador Nº 8250, C1429BNP, de la de la REPUBLICA ARGENTINA y archívese en el REGISTRO CENTRAL. -- Dr. FRANCISCO SPANO, Vicepresidente 2º e/a Presidente del Directorio.

e. 28/10/2009 Nº 95419/09 v. 28/10/2009 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION ESTRATEGICA Disposición Nº 48/2009

Bs. As., 20/10/2009

VISTO. APRUEBASE el Proyecto de Volante Rectificativo a la ORDENANZA Nº 9-02 (DPSN) TOMO 2 --REGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE-- titulada 'NORMASY FORMULARIOS QUE DEBERAN UTILIZARSE EN LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES'.

Por la DIRECCION DE PLANEAMIENTO, procédase a la publicación, impresión, distribución, difusión y actualización en el Sitio Oficial en INTERNET e INTRANET del referido Volante, como asimismo su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. Posteriormente corresponderá su archivo en el Organismo propiciante, como antecedente. -- OSCAR ADOLFO ARCE, Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.

VOLANTE RECTIFICATIVO Nº 4

Publicación: R.G. PNA 3-022 'ORDENANZAS' --TOMO 2 'REGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE'-- ORDENANZA Nº 9-02 (DPSN) 'NORMAS Y FORMULARIOS QUE DEBEN UTILIZARSE EN LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES'.

Fecha de Entrada en Vigor: A partir de la fecha de publicación.

SUSTITUYASE en el FORMULARIO Nº 17 'SOLICITUD DE CONSTANCIA DE MATRICULA DEL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES' del Agregado Nº 1 a la Ordenanza Nº 9-02 (DPSN), el segundo párrafo del Punto 1, por el siguiente texto:

La Constancia de Matrícula no sustituye al Certificado de Matrícula extendido por el Registro Nacional de Buques, es otorgada con la finalidad de evitar su deterioro. Sólo servirá exhibida por su propietario o persona que acredite autorización.

Toda vez que se generen trámites que impliquen la modificación de los datos consignados, deberá ser agregada al expediente respectivo. La falta de actualización de cualquiera de los datos indicados en su anverso implica la caducidad automática de la constancia.

SUSTITUYASE el Anexo 5 del Agregado Nº 1 a la Ordenanza Nº 9-02 (DPSN), por el siguiente Anexo. -- JOSE EDUARDO ROMERO, Prefecto Mayor, Jefe Departamento Planificación Estratégica.

Anexo 5 del Agregado Nº 1 a la Ordenanza Nº 9-02 (DPSN) MODELO DE CONSTANCIA DE MATRICULA TAMAÑO: Alto: 6 cm.

Ancho 9 cm.

TIPO DE LETRA: Arial - tamaño 8.

CARACTERISTICAS: Estará confeccionado en papel celulósico de 90 gramos con marcas de agua continuas y fibras de seguridad luminiscentes a la luz ultravioleta (UV) así como también, tinta invisible con reacción lumínica a la exposición de luz UV.

e. 28/10/2009 Nº 95570/09 v. 28/10/2009 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Disposición Nº 34/2009

ORDENANZA Nº 4-09 (DPSN) TOMO 4 'REGIMEN DE LAS ACTIVIDADES...

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