Disposición 48/2009

EmisorPrefectura Naval Argentina
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2009

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio es la autoridad competente para aplicar sanciones por infracciones a las normas de seguridad radiológica, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 16, inciso g) de la Ley Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98

Por ello en su reunión del día 7 de octubre de 2009 (Acta Nº 12/09).

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR RESOLVIO:

ARTICULO 1º

Eximir de responsabilidad a la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA), en su carácter de Entidad Responsable del Yacimiento de Uranio 'Don Otto', con domicilio en la Av. del Libertador Nº 8250, C1429BNP, de la de la REPUBLICA ARGENTINA y archívese en el REGISTRO CENTRAL. -- Dr. FRANCISCO SPANO, Vicepresidente 2º e/a Presidente del Directorio.

e. 28/10/2009 Nº 95419/09 v. 28/10/2009 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION ESTRATEGICA Disposición Nº 48/2009

Bs. As., 20/10/2009

VISTO. APRUEBASE el Proyecto de Volante Rectificativo a la ORDENANZA Nº 9-02 (DPSN) TOMO 2 --REGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE-- titulada 'NORMASY FORMULARIOS QUE DEBERAN UTILIZARSE EN LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES'.

Por la DIRECCION DE PLANEAMIENTO, procédase a la publicación, impresión, distribución, difusión y actualización en el Sitio Oficial en INTERNET e INTRANET del referido Volante, como asimismo su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. Posteriormente corresponderá su archivo en el Organismo propiciante, como antecedente. -- OSCAR ADOLFO ARCE, Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.

VOLANTE RECTIFICATIVO Nº 4

Publicación: R.G. PNA 3-022 'ORDENANZAS' --TOMO 2 'REGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE'-- ORDENANZA Nº 9-02 (DPSN) 'NORMAS Y FORMULARIOS QUE DEBEN UTILIZARSE EN LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES'.

Fecha de Entrada en Vigor: A partir de la fecha de publicación.

SUSTITUYASE en el FORMULARIO Nº 17 'SOLICITUD DE CONSTANCIA DE MATRICULA DEL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES' del Agregado Nº 1 a la Ordenanza Nº 9-02 (DPSN), el segundo párrafo del Punto 1, por el siguiente texto:

La Constancia de Matrícula no sustituye al Certificado de Matrícula extendido por el Registro Nacional de Buques, es otorgada con la finalidad de evitar su deterioro. Sólo servirá exhibida por su propietario o persona que acredite autorización.

Toda vez que se generen...

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