ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DIRECCION REGIONAL OESTE

Fecha de disposición18 Julio 2012
Fecha de publicación26 Julio 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

San Martín, 18/7/2012

En razón de no haber ingresado las obligaciones correspondientes al impuesto a las Ganancias y al impuesto sobre los Bienes Personales, se intima a los contribuyentes detallados a continuación a ingresar el importe consignado como capital adeudado con más los intereses resarcitorios liquidados a la fecha indicada, los que deberán calcularse hasta el momento del efectivo pago. Se hace saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto dará lugar a la iniciación o prosecución según corresponda de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado, sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder.

SUCESION DE CERASO HECTOR (CUIT: 20-00849519-0)

Ganancias deducción improcedente de anticipos

Ganancias Período Fiscal 2005/00

Capital adeudado: $ 653,85.-

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