Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 7 de Junio de 2022, expediente CNT 047919/2018/CA002
Fecha de Resolución | 7 de Junio de 2022 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VI
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
SALA VI
Expte Nº CNAT 47919/2018
(JUZG. NRO. 42)
Autos: “DINIS TIBORSKI, VILMAR C/ LA SEGUNDA ART S.A.
S/RECURSO LEY 27.348”
Buenos Aires, 6 de junio de 2022
VISTO:
Las apelaciones de fecha 03/09/2021 y 06/09/2021;
Y CONSIDERANDO:
Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, las regulaciones de honorarios de la representación letrada de la parte actora,
del perito contador y del perito médico, lucen elevadas, por lo que corresponde se reduzcan a $ 278.000, $ 92.500 y $
92.500 respectivamente -Art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes-.
Que, asimismo, a lo planteado por la parte demandada respecto del instituto establecido en el art. 277 de la LCT,
siendo que, en el caso y, atento al modo de resolver, no se da el presupuesto establecido para que el mismo proceda (las costas del proceso no exceden del 25 %), desestímese lo solicitado.
Fecha de firma: 07/06/2022
Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA
Por ello, EL TRIBUNAL
RESUELVE:
-
Reducir las regulaciones de honorarios de la representación letrada de la parte actora, del perito contador y del perito médico conforme lo supra expuesto;
-
Desestimar el planteo introducido por la parte demandada respecto de la aplicación del art. 277 de la LCT por lo expresado en los considerandos respectivos -Art.
38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes-.
Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.
Regístrese, notifíquese y vuelvan.
-
POSE
JUEZ DE C.L.A.R.
JUEZ DE CAMARA
Ante mí.-
Fecha de...
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