Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 7 de Junio de 2022, expediente CNT 047919/2018/CA002

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº CNAT 47919/2018

(JUZG. NRO. 42)

Autos: “DINIS TIBORSKI, VILMAR C/ LA SEGUNDA ART S.A.

S/RECURSO LEY 27.348

Buenos Aires, 6 de junio de 2022

VISTO:

Las apelaciones de fecha 03/09/2021 y 06/09/2021;

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, las regulaciones de honorarios de la representación letrada de la parte actora,

del perito contador y del perito médico, lucen elevadas, por lo que corresponde se reduzcan a $ 278.000, $ 92.500 y $

92.500 respectivamente -Art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes-.

Que, asimismo, a lo planteado por la parte demandada respecto del instituto establecido en el art. 277 de la LCT,

siendo que, en el caso y, atento al modo de resolver, no se da el presupuesto establecido para que el mismo proceda (las costas del proceso no exceden del 25 %), desestímese lo solicitado.

Fecha de firma: 07/06/2022

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

  1. Reducir las regulaciones de honorarios de la representación letrada de la parte actora, del perito contador y del perito médico conforme lo supra expuesto;

  2. Desestimar el planteo introducido por la parte demandada respecto de la aplicación del art. 277 de la LCT por lo expresado en los considerandos respectivos -Art.

38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes-.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Regístrese, notifíquese y vuelvan.

  1. POSE

JUEZ DE C.L.A.R.

JUEZ DE CAMARA

Ante mí.-

Fecha de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR