Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 23 de Mayo de 2017, expediente CNT 010825/2014/CA001

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 91843 CAUSA NRO. 10.825/2014 AUTOS: “DIEMIDIO, J.V. C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”.

JUZGADO NRO. 78 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de mayo de 2.017, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.G.M.P. de I. dijo:

I)- El Sr. Juez “a quo”, a fojas 153/160, hizo parcialmente lugar a la demanda dirigida contra la aseguradora de riesgos del trabajo, y orientada al cobro de una indemnización, fundada en la ley 24.557, que repare las derivaciones dañosas de un accidente de trabajo. Tal decisión es apelada por el accionante en virtud de las manifestaciones volcadas en la presentación de fojas 161/162.

II)- Llega firme a esta etapa que el Sr. D. ingresó a trabajar el 13 de julio de 1995 para la empresa Administradora de Recursos Humanos Ferroviarios SACPEM, como soldador múltiple, en una jornada de lunes a sábados de 22 a 6 horas y percibiendo una remuneración mensual de $

17.938,71.-. Relata que el día 6 de noviembre de 2013, aproximadamente a las 2:20 horas, cuando se encontraba prestando sus tareas habituales, al transportar una máquina pesada (aproximadamente de 60 Kg.) hacia un camión de propiedad de su empleadora, fue vencido por el peso de la misma, trastabillando e impactando el artefacto sobre su pierna derecha. Se dio aviso a la ART y fue trasladado al Centro Asistencial Sanatorio Modelo de M. donde le brindaron las primeras curaciones y luego derivado a DIM Centro de Diagnósticos donde le brindaron atención médica, le realizaron estudios médicos y le diagnosticaron rotura de meniscos en pierna derecha. Fue intervenido quirúrgicamente el 6 de enero de 2014 en el Sanatorio de la Trinidad de San Isidro y, luego, le brindaron tratamiento kinesiológico y psiquiátrico hasta que, finalmente, el 27 de febrero de 2014 le dieron el alta médica.

También surge de autos que el experto médico da cuenta que el Sr.

D. padece un cuadro compatible con una gonalgia postraumática derecha que es secuela del evento dañoso sufrido y precisa que hay relación de causalidad con el traumatismo de rodillas, producto de una caída del golpe sobre su rodilla, que genera una rodilla inestable y dolorosa que lo incapacitan físicamente en el 14% de la total obrera. Asimismo...

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