DE DIEGO, GUILLERMO EUGENIO c/ ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES s/EMPLEO PUBLICO

Número de expedienteCNT 023875/2018/CA002
Fecha22 Agosto 2019
Número de registro239747496

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 23875/2018 DE DIEGO, G.E. c/ ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES s/EMPLEO P.J.. 11 Buenos Aires, de de 2019.- HG Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el actor promovió demanda “por despido y pago de indemnizaciones por licencia por enfermedad” contra el Ente Nacional de Comunicaciones (fs. 3/11).

    Con posterioridad pidió el dictado de una medida innovativa dirigida a que se ordene al demandado que abone “los salarios por enfermedad omitidos hasta el alta médica y/o hasta el agotamiento de su derecho a la licencia por enfermedad” —fs. 18/22—.

  2. Que la señora jueza a cargo del juzgado nº 11 rechazó la solicitud (fs. 206/209).

    Para así decidir, valoró primeramente que:

    i.- tratándose de una medida innovativa o anticipatoria, se exige mayor prudencia en la apreciación de los recaudos que hacen su admisión; ii.- el planteo formulado concierne al examen de circunstancias fácticas y jurídicas, cuya dilucidación excede, prima facie, el acotado ámbito de conocimiento propio de las medidas cautelares como la solicitada; iii.- no se encuentra acreditada la verosimilitud del derecho pues los fundamentos expuestos por el actor exigen un estudio de las circunstancias relatadas –y de sus implicancias y alcances- que excede de modo notorio el autorizado por esta vía, siendo en consecuencia no posible vislumbrar a esta altura la falta de observancia incontestable del deber jurídico, concreto y específico, a cargo de la demandada; iv.- del análisis de la...

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