Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 13 de Mayo de 2011, expediente 31.842/2009

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2011

Poder Judicial de la Nación SENT.DEF.Nº: 18513 EXPTE. Nº: 31.842/2009 (27.099)

JUZGADO Nº: 37 SALA X

AUTOS: "CASTAÑO DIEGO GASTON C/ PIMAY S.A. S/ DESPIDO"

Buenos Aires, 13/05/2011

El Dr. GREGORIO CORACH dijo:

  1. Vienen estos autos a la alzada con motivo de los agravios que contra el pronunciamiento de fs. 311/316 interpone el demandante a fs. 322/335 con réplica de su contraria a fs. 328/329. Asimismo a fs. 317 la perito calígrafa recurre por bajos los emolumentos que le fueron asignados.

  2. En lo que aquí interesa, la señora juez de grado consideró

    demostrado en autos que el actor percibió en tiempo y forma las indemnizaciones derivadas del despido , extremo que motiva la queja del recurrente quien afirma que en el fallo de grado no se merituaron la totalidad de las pruebas producidas en autos.

    Adelanto que, en mi opinión, cabe mantener lo decidido en la etapa anterior.

    Lo entiendo así dado que pese a que en el memorial recursivo se insiste en lo contrario, el análisis de la totalidad de los elementos arrimados me lleva a coincidir con la solución adoptada por la magistrada en cuanto a que el recibo obrante a fs. 62 ( que se encuentra reservado por secretaria en el anexo 5492) es prueba suficiente de que C. percibió los rubros cuyo rechazo critica en esta instancia.

    En efecto, el informe pericial caligráfico obrante a fs. 213/215 estudió el trazado de las firmas cuestionadas y teniendo en cuenta las particularidades ( grafías y automatismos que le son propios) fue contundente al concluir en que " las firmas dubitadas de fs. 62 y 82 son pericialmente atribuíbles al puño y letra del Sr. D.G.C."

    Cabe señalar que las manifestaciones realizadas por el apelante tendientes a restar valor probatorio al mencionado informe no alcanzan a satisfacer los requisitos necesarios para lograr el fin recursivo perseguido, pues el apelante realiza sólo apreciaciones de carácter genérico y subjetivo. Obsérvese que sostiene que la perito debió haber realizado un cuerpo de escritura dado que "tomó firmas que surgen del expediente de las cuales vaya a saber uno cuantas no me corresponden " cuando de la pericia se desprende que la experta tuvo en cuenta como material indubitado (además de los recibos reconocidos de fs. 63/81) las firmas insertas en los telegramas de fs.

    56/60, actas de audiencias y acta poder de fs. 2 y 103 cuya autenticidad no puede discutir el apelante.

    Por lo tanto, estimo que la mera disconformidad que trasunta el recurso resulta estéril para habilitar la revisión de...

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