Dictamen Nº 1120/07 de la Oficina Nacional de Empleo Publico

Fecha de disposición23 Enero 2008
Fecha de publicación23 Enero 2008
Número de Gaceta31329

Respecto al régimen de licencias aplicable a los funcionarios políticos, esta Subsecretaría de la Gestión Pública ha sostenido en reiteradas oportunidades (Dictámenes Nº 2173/89, 2010/89, 2039/ 89, 1909/97, entre otros) que, por aplicación del principio hermenéutico de analogía contenido en el artículo 16 del Código Civil, el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por el Decreto Nº 3413/79 es el que debe regir respecto de las Autoridades Superiores, en todo aquello que sea compatible con la naturaleza de las funciones ejercidas.

Encuantoalalicenciasingocedehaberesporejerciciotransitoriodeotroscargosprevistaenelartículo 13,apartadoII,incisoa)delRégimendeLicencias,JustificacionesyFranquiciasaprobadoporelDecreto 3413/79, es requisito para su procedencia que el agente goce de estabilidad y haya sido designado o electo para desempeñar funciones superiores de gobierno en el orden nacional, provincial o municipal.

BUENOS AIRES, 17 de mayo de 2007

SEÑOR SUBSECRETARIO:

  1. Por las presentes actuaciones la Unidad de Control y Seguimiento de las Declaraciones Juradas de la Oficina Anticorrupción consulta si se aplica el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto Nº 3413/79, a los miembros de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, organismo descentralizado dependiente del ex Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, creado por la Ley Nº 24.521, cuyo funcionamiento se encuentra reglamentado por el Decreto Nº 705/97 (fs. 1/3).

    , a quien se le concedió, mediante Resolución CONEAU Nº 388/06, licencia sin goce de haberes por ejercicio de cargo de mayor jerarquía por el tiempo que dure su desempeño en el cargo de vocal (fs. 15/16), con motivo de su designación como Secretario de Políticas Universitarias desde el 23/8/06, mediante Decreto Nº 1149/06.

    El Director de Planificación de Políticas de Transparencia de la Oficina Anticorrupción remite las actuaciones a esta Oficina Nacional (fs. 19).

  2. La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado que funciona en jurisdicción del Ministerio de Cultura y Educación (art. 46 de la Ley Nº 24521) y está integrada por doce (12) miembros, designados por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de los siguientes organismos: tres (3) por el Consejo Interuniversitario Nacional, uno (1) por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas, uno (1) por la Academia Nacional de Educación, tres (3) por cada una de las Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, y uno (1) por el Ministerio de Cultura y Educación. Durarán en sus funciones cuatro...

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