Dictamen Nº 758/2007 de la Oficina Nacional de Empleo Público
Fecha de disposición | 12 Septiembre 2007 |
Fecha de publicación | 12 Septiembre 2007 |
Número de Gaceta | 31237 |
CONTRATACIONES DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY MARCO DE REGULACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO NACIONAL Nº 25.164. REQUISITOS PARA LA EQUIPARACIÓN ESCALAFONARIA.
Si el agente en cuestión cuenta con la experiencia necesaria para acceder al Nivel B, es decir 10 años en el desempeño de funciones idénticas, equivalentes o análogas en tareas correspondientes a dicho Nivel y título secundario, no es necesario que se apruebe la presente contratación mediante el pedido de excepción.
BUENOS AIRES, 29 de marzo de 2007
SEÑOR SUBSECRETARIO:
para que desempeñe funciones de Coordinador Informático en la SECRETARIA DE DEPORTE dependiente de esta Jurisdicción, equiparado al Nivel B Grado 4 del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa --en lo sucesivo SINAPA-- instituido por el Decreto Nº 993/91 - (t.o. 1995), en el marco del régimen de contrataciones dispuesto por el Artículo 9º del Anexo I de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421/02, y demás normas complementarias.
Y por su artículo 3º se especifica que el gasto que la contratación demande será atendido por la correspondiente partida presupuestaria.
Asimismo por el artículo 2º se da por rescindido, con efecto al 1º de diciembre de 2006, el contrato de locación de servicios celebrado en el marco del régimen de contrataciones instituido por el Decreto Nº 1184/01 entre el agente de referencia y esta Jurisdicción, el que fuera aprobado mediante la Resolución Nº 510/06 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la que se acompaña en copia a fs. 112/114 de estos obrados.
Afs. 111 el Coordinador de Planificación y Control Presupuestario del organismo propiciante informa que el mismo cuenta con financiamiento suficiente para hacer frente al gasto que irroga la presente contratación.
A fs. 121/122, luce nuestra primigenia intervención en la que esta Oficina Nacional, mediante dictamen ONEP Nº 349/07, expresó, en lo que es dable reproducir, las siguientes observaciones:
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Edad:
' (el destacado es nuestro y no pertenece al original) En esta inteligencia es menester señalar que si el agente en cuestión cuenta con la experiencia necesaria para acceder al Nivel B - Grado 4, es decir 10 años en el desempeño de funciones idénticas, equivalentes o análogas en tareas correspondientes a dicho Nivel, no es necesario que se apruebe la presente contratación mediante el pedido de excepción, toda vez que el computo de dicha experiencia más el título secundario configuran los...
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