Dictamen Nº 207/2007 (dictámenes 262:278)

Fecha de disposición28 Noviembre 2007
Fecha de publicación28 Noviembre 2007
Número de Gaceta31291

Cocina bajo escalera a P. Alta. Al patio 2 habitaciones de 4x4, una con sótano y baño completo.

Cuarto en P. Alta y azotea con quincho y parrilla.

DEUDAS:ABL: Fs. 530/31: $ 148. 43- Fs. 480/81;

AySA: $ 22.91. A. Arg. Sin deuda. Fs. 556 Expensas: Sin deuda, tipo PH. BASE: $ 45.000. Seña:

30%. Comisión: 3% Arancel Acordada CSJN:

0.25%. Todo en efectivo. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento previsto por el art. 580 del Código Procesal. No se acepta la compra en comisión. Serán admitidas ofertas bajo sobre hasta dos días hábiles anteriores a la subasta, en orden a lo determinado por el art. 212 de la LCQ. Respectó de las deudas anteriores al decreto de quiebra los acreedores correspondientes podrán presentarse a verificar sus créditos (Art.

32 de la LC), las deudas posteriores al decreto de quiebra, en principio y sin perjuicio del eventual reclamo que pudiera dirigirse contra el adquirente, serán pagadas como gastos del concurso previo reconocimiento de las mismas (art. 240 de la LC), y las deudas posteriores a la toma de posesión estarán a cargo del adquirente. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados y otros, que tengan directa vinculación de la transferencia a realizarse oportunamente por los adquirentes en pública subasta, entendidos por tales diligencias tendientes a la traslación dominial del bien raíz, escrituraciones, etc. estarán a cargo exclusivamente de los compradores. Exhibición: 13 y 14 de Diciembre de 2.007 de 1.5 a 17 hs.

Buenos Aires 29 de Noviembre de 2007.

Martín Cortes Funes, secretario.

e. 28/11/2007 Nº 565.008 v. 30/11/2007 4. Partidos Políticos NUEVOS MOVIMIENTO PATAGONICO POPULAR Distrito Rio Negro PODER JUDICIAL DE LA NACION CAMARA NACIONAL ELECTORAL INFORME FINAL DE CAMPAÑA ELECTORAL DE INGRESOS Y EGRESOS (Artículo 58 de la ley 25.600) ART. 58

AGRUPACION POLITICA: MOVIMIENTO PATAGONICO POPULAR TIPO PARTIDO CODIGO: 153 ORDEN: DISTRITO RIO NEGRO A. IDENTIFICACION DE LA CAMPAÑA 1. TIPO DE CAMPAÑA ELECTORAL: DIPUTADO 2. FECHAS DE LA CAMPAÑA De inicio 23/08/2005 De cierre 21/10/2005

  1. FECHA DE LA ELECCION: 23/10/2005

    1. IDENTIFICACION DE CANDIDATOS DN CUEVAS, HUGO OSCAR DN IPARRAGUIRRE, NORMA BEATRIZ C. INGRESOS PARA LA CAMPAÑA Aporte público $ 0,00

      Contribuciones y donaciones privadas $ 0,00

      Aportes de los candidatos $ 0,00

      Aportes y transferencias de otros órganos o distritos $ 0,00

      Otros ingresos $ 0,00

      Prestamos a reintegrar $ 0,00

      TOTAL INGRESOS $ 0,00

    2. EGRESOS DE LA CAMPAÑA Gastos operativos de campaña $ 0,00

      Gastos de propaganda $ 0,00

      Transferencias a otros órganos o distritos $ 0,00

      Otros egresos $ 0,00

      TOTAL EGRESOS $ 0,00

    3. RESUMEN INGRESOS $ 0,00

      EGRESOS $ 0,00

      SALDO $ 0,00

    4. ESTADO DE CREDITOS Y DEUDAS CREDITOS $ 0,00

      DEUDAS $ 0,00

    5. CUENTA BANCARIA DE CAMPAÑA Cuenta Nº Banco:

      Sucursal:

      Fecha de Apertura: / / Fecha de Cierre / / CODIGO 6597644378468

      RESUELVO: 1) Aprobar el informe final presentado por el Partido Movimiento Patagónico Popular Distrito Río Negro por la campaña electoral correspondiente a las elecciones de Diputados Nacionales celebradas el 23 de octubre del 2005, en el contexto de los resultados de la auditoría practicada sobre el mismo por la perito Ester ISAK del Cuerpo de Auditores Contadores dependiente de la Cámara Nacional Electoral. 2) Levantar la suspensión aplicada en los términos del art. 64 de la Ley 25600 por la Resolución Nº 14 recaída a fs. 25/26 de autos. 3) Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Nación, por un (1) día, de la parte resolutiva de la presente sentencia y del informe final obrante a fs. 35/36. A tal efecto líbrese oficio. Regístrese, notifíquese por cédula al Partido Movimiento Patagónico Popular y al Ministerio Público Fiscal en su despacho, y firme que se encuentre comuníquese adjuntando fotocopia certificada de la presente a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral dependiente del Ministerio del Interior a los fines que hubiere lugar. Oportunamente archívese.' - Fdo: Dra. Mirta Susana FILIPUZZI - Juez Federal con Competencia Electoral Distrito de Río Negro.

      SECRETARIA ELECTORAL NACIONAL, 19 de noviembre de 2007.MARIA SILVINA GUTIERREZ, Prosecretaria Electoral Nacional e. 28/11/2007 Nº 565.048 v. 28/11/2007 PARTIDO: AFIRMACION PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA Distrito: San Juan El Juzgado Federal con competencia electoral en el distrito de SAN JUAN, a cargo del Dr. Miguel Angel GALDEZ, hace saber a la población que el informe final de campaña relativo a los comicios del 23 de octubre de 2005 correspondiente a la agrupación política: AFIRMACION PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA, - art. 58 de la Ley 25.600 (en la actualidad ley 26.215) se halla disponible para su consulta en el siguiente sitio de Internet: www.pjn.gov.ar. En SAN JUAN, República Argentina, a veintiún días del mes de noviembre del año dos mil siete.

      Dr. RODOLFO IGNACIO LIROLA, Secretario Electoral.

      e. 28/11/2007 Nº 565.049 v. 28/11/2007 PARTIDO: AFIRMACION PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA Distrito San Juan El Juzgado Federal con competencia electoral en el distrito de SAN JUAN, a cargo del Dr. Miguel Angel GÁLVEZ, hace saber a la población que los estados contables del ejercicio comprendido entre el 01 de enero de 2.004 al 31 de diciembre de 2.004, de a la agrupación política: AFIRMACIÓN PARA UNA REPUBLICA IGUALITARIA, - art. 50 de la Ley 25.600 (en la actualidad art. 23 ley 26.215) se halla disponible para su consulta en el siguiente sitio de Internet: www.pjn.gov.ar.

      En SAN JUAN, República Argentina, a veintiún días del mes de noviembre del año dos mil siete.Dr. RODOLFO IGNACIO LIROLA, Secretario Electoral Nacional, Distrito San Juan.

      e. 28/11/2007 Nº 564.945 v. 28/11/2007 PARTIDO UNIDAD Y PROGRESO Distrito San Juan El Juzgado Federal con competencia electoral en el distrito de SAN JUAN, a cargo del Dr. Miguel Angel GÁLVEZ, hace saber a la población que el informe final de campaña relativo a los comicios del 23 de octubre de 2.005 y los estados contables del ejercicio comprendido entre el 01 de enero de 2.004 al 31 de diciembre de 2.004 y del 01 de enero de 2.005 al 31 de diciembre de 2.005, de a la agrupación política: UNIDAD Y PROGRESO, -arts. 58 Y 50 de la Ley 25.600 (en la actualidad arts. 58 y 23 ley 26.215) se halla disponible para su consulta en el siguiente sitio de Internet: www.pjn.gov.ar.

      En SAN JUAN, República Argentina, a veintiún días del mes de noviembre del año dos mil siete.Dr. RODOLFO IGNACIO LIROLA, Secretario Electoral Nacional, Distrito San Juan.

      e. 28/11/2007 Nº 564.942 v. 28/11/2007 DERECHO PENAL TRIBUTARIO. Dolo. Ausencia.

      DERECHO PENAL TRIBUTARIO. Dolo. Ausencia.

      Las normas de evaluación e imputación previstas en el ajuste por inflación impositivo contemplado en el Título VI de la Ley del Impuesto a las Ganancias en puridad no han sido derogadas, lo que constituye un elemento que pudo respaldar y robustecer la creencia del contribuyente de estar actuando con arreglo a derecho. Asi, las circunstancias del caso permiten concluir que el contribuyente obró en la convicción de que la normativa vigente lo autorizaba a practicar el ajuste por inflación en su declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al ejercicio del año 2002. La existen5.2. PROCURACION DEL TESORO - DICTAMENES 5. Información y Cultura

      Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.291 27Miércoles 28 de noviembre de 2007 cia de esa convicción autoriza a sostener que no existió conocimiento de la criminalidad del acto, que es propio del dolo que requiere el elemento subjetivo del tipo penal reprimido por el artículo 1º...

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