Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 7 de Abril de 2021, expediente CSS 072353/2018/CA001

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2021
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

Sentencia Definitiva Expediente Nº 72353/2018

AUTOS: D.W.D. c/ ANSES Y OTRO s/PENSIONES

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los, , reunida la S. Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos caratulados D.W.D. c/ ANSES Y OTRO s/PENSIONES, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR W.F.C. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a esta S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en la instancia de grado que rechazó la demanda tendiente a obtener el cobro del retroactivo correspondiente a la “Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur” –que perciben los actores,

en la actualidad, de conformidad con las disposiciones de la ley 23.848- desde el inicio del conflicto armado del año 1982 hasta la fecha de alta del beneficio o sanción de las leyes 24.652 o 28492, según correspondiere, con más los intereses correspondientes.

La recurrente sostiene que fue la accionada quien, mediante actas de acuerdo,

generó en los veteranos de guerra del conflicto bélico del Atlántico Sur, la expectativa de que su reclamo referente al reconocimiento del pago de pensiones por su participación en dicho conflicto, se haría efectivo al 02 de abril de 1982, o en su defecto al 14 de junio de 1982, fecha de finalización del conflicto bélico. Manifiesta asimismo, que el artículo 5 del decreto 2634/90 denota una clara discriminación y mejor posibilidad frente al beneficio de los derechohabientes que del propio interesado veterano de guerra y un reconocimiento explícito de que la aplicación de la ley 23848 puede realizarse para beneficiarios ya fallecidos con anterioridad a su entrada en vigencia.

Tal como ha quedado trabada la litis, la cuestión a resolver consiste en determinar si le asiste derecho a los accionantes en cuanto pretenden un reconocimiento histórico respecto de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur desde el 02/04/1982 hasta la sanción de la ley 24.652, o si por el contrario se confirma lo resuelto por la demandada en cuanto entendió que correspondía el pago únicamente desde la fecha de solicitud del beneficio en cuestión.

Cabe destacar que no se encuentra controvertido que los actores son titulares de la Pensión Honorífica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur, de conformidad con lo dispuesto en la ley 23.848 y sus modificatorias.

Fecha de firma: 07/04/2021

Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.M.D., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: JUAN A FANTINI...

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