Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 3 de Julio de 2019, expediente FMZ 027822/2016/CA001

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 27822/2016/CA1 Mendoza, 03 de julio de 2019.

Y VISTOS:

Los presentes autos N° FMZ 27822/2016/CA1, caratulados:

LEGAJO DE APELACION DE D.M.I.S.

SIMPLE.

, venidos del Juzgado Federal de San Rafael, a esta Sala “A”, en

virtud del recurso de apelación planteado por la defensa técnica del imputado

a fs. 117/121, contra de la resolución de fs. 113/116, la que seguidamente se

transcribe: “1º) DICTAR AUTO DE PROCESAMIENTO SIN PRISION

PREVENTIVA contra la imputada D.M.I. …., por

considerarla autora presunta responsable del delito previsto y penado por el

art. 14, primera parte de la ley 23.737 (art. 306 y 310 del C.P.P.N.). 2º)….

Y CONSIDERANDO:

  1. Que contra la resolución cuyo dispositivo ha quedado

    transcripto ut supra, a fs. 117/121, interpone recurso de apelación el Defensor

    Público Oficial, en representación de la imputada M.I.D., en el

    entendimiento de que considera que habiendo quedado acreditado que a su

    pupila se le secuestraron 12,4 grs. de marihuana y 50,111 grs. de cocaína,

    dicha sustancia era tenida para su consumo personal, debiendo encuadrarse la

    conducta en las previsiones del segundo párrafo del artículo 14 de la ley

    23.737.

  2. Que las partes en ocasión de celebrarse la audiencia que

    prevé el art. 454 del C.P.P.N. (texto según ley 26.374), habiendo sido

    notificadas de la opción prevista por el mencionado artículo, comparecen

    mediante apuntes sustitutivos que lucen respectivamente, el del apelante a

    fs.128/129; en tanto el Sr. Fiscal General S. ante esta Cámara

    presenta su informe a fs. 130/131, oportunidad en que opina por el rechazo del

    recurso planteado, cuyos argumentos damos por reproducidos en honor a la

    brevedad procedimental, quedando la causa en condiciones de ser resuelta.

    Fecha de firma: 03/07/2019 Alta en sistema: 15/08/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #28735329#238817228#20190703115650428 III. Se inician los presentes con las actuaciones sumariales N°

    57/2016 labradas por la Policía Federal, D.S.R., que señalan

    que el día 3 de agosto de 2016, aproximadamente a las 9:30 hs, en momentos

    en que los preventores realizaban tareas de control vehicular y de personas en

    la Terminal de Ómnibus del referido departamento, se constató el arribo de la

    unidad de transporte de la empresa “Buttini S.A.”, procedente de la ciudad de

    Mendoza y, cuando supuestamente habían bajado todos los pasajeros, se

    observó que aún se encontraban dos mujeres jóvenes con niños, y que una de

    ellas intentaba ocultar algo ente sus ropas. Luego de ser identificada como

    M.I.D., se procedió a su requisa personal comprobándose que en el

    interior del corpiño tenía dos envoltorios de nylon, uno de color verde con

    material vegetal y otro blanco con sustancia en...

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