Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 30 de Noviembre de 2016, expediente CNT 020304/2011/CA001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa N°: 20304/2011 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50152 CAUSA Nº 20.304/2011 - SALA VII - JUZGADO Nº 60 En la ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de noviembre de 2016, para dictar sentencia en los autos : “D.M.E. C/ JOMALU S.A. Y OTRO S/ DESPIDO” se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta la actora e inicia demanda contra JOMALU S.A. y contra LA CAJA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedora.-

    Aduce que se desempeñó en relación de dependencia con JOMALU S.A. titular de la explotación del establecimiento S.P.H. &

    Convention Center desde el 01-09-2006, prestando tareas de mucama en las condiciones y con las características que detalla.-

    Señala que no obstante haber cumplido tareas ordinarias y propias de la empresa durante cuatro años ininterrumpidos se encontraba registrada fraudulentamente como un contrato a plazo fijo.-

    Da cuenta de las tareas que realizaba (casi todo el tiempo arrodillada) en extensas jornadas que le ocasionaron inconvenientes en su salud, particularmente la rodilla izquierda operada tiempo atrás en virtud de un accidente “in itínere” que le provocó una lesión en el ligamento cruzado, quedando con dificultades para ponerse en posición de cuclillas y con limitación funcional.-

    También se le sumaron intensos dolores de espalda por tener que trasladar colchones y sommiers.-

    Relata el mal trato del que era objeto hasta que comenzaron a negarle tareas, por lo que decidió documentar telegráficamente la situación.-

    Transcribe el intercambio telegráfico producido luego, el que epilogó con su desvinculación por despido indirecto.-

    Viene a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, diferencias salariales, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    También pretende el cobro de un resarcimiento integral con base en las disposiciones del Derecho Común, reclamo que dirige a JOMALU S.A.

    y a LA CAJA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. en forma solidaria, por lo que plantea la inconstitucionalidad de varias normas de la Ley de Riesgos del Trabajo. Ello por cuanto afirma encontrarse incapacitada como consecuencia de las tareas que debía realizar.-

    Fecha de firma: 30/11/2016 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #20598342#166545088#20161205133013465 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa N°: 20304/2011 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA VII La demandada responde a fs. 157/170.-

    Desconoce todos los extremos invocados por la actora, relata su versión de los hechos y pide, en definitiva, el rechazo de la demanda.-

    Lo propio hace la aseguradora a fs. 180/214vta.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 479/485.-

    En ella la “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa decide en sentido parcialmente favorable a las pretensiones de la actora, lo que motiva su recurso de fs. 486/490.-

    También hay apelación de los Sres. peritos contador (fs.

    491/vta.); ingeniero (fs. 492) y letrado de la aseguradora (fs. 493), quienes consideran reducidos sus respectivos honorarios.-

    Por una cuestión de mejor orden metodológico, trataré los agravios de la actora en el siguiente orden:

  2. La apelante dice agraviarse en tanto en primera...

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