Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 4 de Octubre de 2016, expediente CCF 009093/2002/CA002

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N° 9.093/02/CA2 “D.J.C. y otros c/ Sindicato Acc. Clase C Telecom Argentina Stet France y otros s/ proceso de conocimiento”

En Buenos Aires, a los 4 días del mes de octubre del año dos mil dieciséis, hallándose reunidos en acuerdo los Señores Vocales de la Sala III de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de pronunciarse en los autos “D.J.C. y otros c/ Sindicato Acc. Clase C Telecom Argentina Stet France y otros s/ proceso de conocimiento”, y de acuerdo al orden de sorteo el Dr. R.G.R. dijo:

  1. El señor juez de primera instancia rechazó la demanda interpuesta por J.D., M.C., E.C., M.P., G.C., A.S. (en su carácter de sucesor de M.O., L.B., O.P., E.L.me y C.G. contra el Sindicato de Acciones del Programa de Propiedad Participada de Telecom Argentina SA -luego desistieron (ver fs. 435)- y contra el Estado Nacional, a fin de obtener el cobro de la diferencia entre la suma que cada uno percibió por la operación de reventa de sus acciones al desvincularse de la empresa privatizada y la suma que les hubiera correspondido de haber vendido sus títulos en el mercado abierto, con más daños y perjuicios (fs. 486/488 vta.).

  2. Apeló la parte actora a fs. 489, recurso que fue concedido libremente a fs. 495. Elevados los autos a la Sala, expresó

    agravios a fs. 508/513 los que fueron contestados a fs. 515/521.

    Media, asimismo, un recurso contra la regulación de honorarios fijada al perito contador por altos que será tratado al final del acuerdo.

    Los recurrentes reiteran la inconstitucionalidad del Contrato Anexo de Venta, creado por la resolución conjunta del MEOYSP y el MTYSS. Sostienen que la venta de las acciones fue Fecha de firma: 04/10/2016 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #16092675#163542848#20161005102713316 producto de contratos de adhesión en los que se afectaron sus derechos. Hacen hincapié en la cancelación del precio; el valor de las acciones, que haya descartado el trato discriminatorio invocado al demandar con relación al precio recibido por los actores al vender sus cuotas-partes, e insisten en la aplicación del instituto de la lesión subjetiva.

  3. En el sub-lite, la pretensión de los actores -adherentes al Programa de Propiedad Participada implementado en Telecom Argentina SA- consiste en cobrar...

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