Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 24 de Agosto de 2016, expediente FMZ 082045241/2011
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2016 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 82045241/2011 Mendoza, 24 de Agosto de 2016.-
Y VISTOS:
Los presentes autos Nº FMZ 82045241/2011, caratulados:
D.C.H.. SOC. COMERCIAL COLECTIVA c/ AFIP-DGI p/ Apelación
venidos del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la AFIP- DGI (fs. 83), en contra de la resolución de fs. 75/77 dictada por la Sra. Juez del Juzgado Federal de Mendoza Nº 2, en cuanto revocó
la resolución de AFIP de fs. 28/30, dejando sin efecto la sanción de clausura allí impuesta.
Y CONSIDERANDO:
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Las presentes actuaciones se inician a raíz de que en fecha 12/12/08 se constituyó personal de la AFIP en Ruta 40 s/n-
Destacamento Policial Frontera Norte, Policía Vial de Jocolí, L., M.- a fin de verificar el control de documentación de la mercadería transportada en un vehículo marca Nissan, Modelo Diesel T5U41 TD, perteneciente al contribuyente, procediéndose a constatar que transportaba comercialmente lubricantes varios, según detalle en Doc. X Nº 0000-00003549 del 08/12/08, sin respaldo de Factura, Remito y/o Documento equivalente, hecho que configura infracción a los arts. 27º y 28º de la RG 1415 (AFIP) constituyendo prima facie las causales previstas por el art. 40 inc. c) de la ley 11683.
Que con fecha 30/01/09 se llevó a cabo la audiencia prevista en el art. 41º de la ley 11683, donde se presentó el apoderado del contribuyente y manifestó que reconocía la materialidad de la infracción imputada aportando nota de descargo. En la misma indicó que el traslado verificado no tenía destino comercial específico, configurando Fecha de firma: 24/08/2016 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara #8621778#159868204#20160819091407368 este movimiento una situación similar a la especificada en la RG 1415 como transporte dentro de un mismo predio, mediante un depósito móvil y en la medida en que los clientes realicen los pedidos, el vendedor confecciona la correspondiente documentación equivalente al momento de trascender esa operación a un tercero.
Que atento a que lo fundado en el descargo resultó
insuficiente para justificar su accionar, la AFIP-DGI dictó Resolución Nº
DIRMEN710500/09, de fecha 17/02/09 (v. fs. 19/21) en la cual se dispuso aplicarle a la contribuyente D.C.H..
SOC. COMERCIAL COLECTIVA, una multa de PESOS TRESCIENTOS ($300) y sanción de CLAUSURA POR TRES DÍAS (3) al establecimiento comercial ubicado en P.B.P. 170-
Ciudad- Mendoza.
Contra esta resolución, a fs. 23/24 vta. el apoderado de la contribuyente interpuso formal recurso de apelación administrativo, donde manifiesta que la resolución le causa gravamen por los motivos allí expuestos, a los que remitimos “brevitatis causae”.
A fs. 28/30, en oportunidad de resolver el remedio incoado, el Director Regional de la D.G.
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no...
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