Diaz Ana

Secretaría del Primer Juzgado de Procesos Concursales Primera Circunscripción Judicial, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 110 autos N° 13-03877330-9 caratulados: "DIAZ ANA LAURA p/QUIEBRA DEUDOR" se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 12 de Diciembre de 2016. Mendoza, 12 de Diciembre de 2016. Atento al estado de la causa, procédase a establecer un nuevo cronograma de fechas al cual el fallido, sindicatura y demás interesados deberán sujetarse, según el siguiente cronograma: a) Fijar el día quince de marzo de 2017 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24522); b) pudiendo, el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el veintinueve de marzo de 2017, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 Ley 24522 (art. 200 párrafo Ley 24522). Intímase a sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 Ley 24522. c) Fijar el día veintiséis de abril de 2017, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los informes individuales. d) Fijar el día veintidós de mayo de 2017 como fecha para dictar sentencia de verificación prevista por el art. 36 LCQ. e) Fijar el día nueve de junio de 2017 como fecha hasta la cual Sindicatura deberá presentar el Informe General (art. 39 LCQ). f) Fijar el día veintiséis de junio de 2017 como fecha hasta la cual el deudor y quienes hayan solicitado verificación pueden presentar observaciones al Informe General (art. 40 LCQ). g) Fijar el día ocho de agosto de 2017 como fecha...

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