Sentencia de SALA III, 16 de Septiembre de 2015, expediente CCF 007664/2009/CA001

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2015
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 7.664/09/CA1 “Diacrom SAIC c/ Estado Nacional Ministerio de Planif. Fed. I.. y S..

S.. de Puertos s/ locación de obra de buque”

Buenos Aires, 16 de septiembre de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

Contra los honorarios regulados a fs. 254, se presentaron los siguientes recursos: por bajos: 1°) a fs. 255 por los doctores E.J.V. y V.L.M.R.; y, 2°)

a fs. 262, por el doctor L.A.W.; y, por elevados: 3°) a fs. 267, por la parte actora.

Teniendo en cuenta el mérito, la eficacia y extensión de los trabajos realizados, las etapas cumplidas y cuando el proceso culmina de un modo anormal -ver decreto de caducidad de fs.

250/250 vta.-, corresponde tomar como base regulatoria, en principio, la suma reclamada en la demanda, siempre que haya sido estimada en forma precisa y no sea exorbitante a la luz de los hechos y el derecho invocado; por lo que cabe observar la suma de $ 59.840 reclamada a fs. 2, con más los intereses de acuerdo al plenario de esta Cámara “La Territorial de Seguros c/ Staf” del 11.9.97, por lo que se elevan los honorarios regulados a los doctores E.J.V. y V.L.M.R. a las sumas de pesos CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 5.300) y pesos UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.600); y los del doctor L.A.W. por el incidente de caducidad a la suma de pesos CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450)(arts. 5, 6, 8, 18, 32, 36 y 37 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432 conf. DJA ley 26.939).

H. saber a los letrados...

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