Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 14 de Febrero de 2017

Fecha14 Febrero 2017
Citado como71/17

Reg.: A y S t 273 p 299/302.

Santa Fe, 14 de febrero del año 2017.

VISTA: La queja por denegación de los recursos de inconstitucionalidad y de casación interpuestos por la actora contra la resolución dictada en fecha 18 de abril de 2016 por la Cámara de lo Contencioso administrativo N.. 2 de la ciudad de R. en autos "DI MATTEO, L. y otra contra PROVINCIA DE SANTA FE -Recurso Contencioso Administrativo- (Expte. 4/15)" (E.. C.S.J. CUIJ Nro. 21-00510853-2); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por decisorio de fecha 18.04.2016 la Cámara de lo Contencioso Administrativo Nro. 2 de Rosario resolvió declarar la caducidad de la instancia.

    Contra dicho pronunciamiento deduce la parte actora recursos de inconstitucionalidad y de casación expresando que la resolución afecta los derechos reconocidos en los artículos 14 bis; 75 incisos 22 y 23 (Constitución nacional) y artículo 21 de la Carta Magna provincial, así como en Tratados Internacionales protectorios de la ancianidad (artículo 1, incisos 1, 2 y 3, ley 7055; artículo 37, ley 11330). Indica que los agravios que expone guardan pertinencia para ambos recursos.

    Postula la declaración de inconstitucionalidad en el caso del artículo 30 de la ley 11330. Señala que mediante la invocación de la seguridad jurídica se deja ritualmente firme el decreto del Poder Ejecutivo denegatorio del goce de la jubilación, en lugar de dar lugar a la solución de la causa por sentencia fundada en el derecho sustancial, lo que conlleva a la pérdida de aquél.

    Aduce que la disposición procesal de naturaleza ordenatoria y residual carece de jerarquía normativa para dejar sin efecto de la cobertura de la prestación de naturaleza previsional amparada por una norma de mayor rango, mediante la constatación de un término tan breve como el transcurrido en la causa (artículo 31, C.N.).

    Menciona fallos de la Cámara de lo Contencioso Administrativo Nro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR