Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 23 de Junio de 2017, expediente FCB 054040005/2012/CA001

Fecha de Resolución23 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación Expte. N° FCB 54040005/2012 AUTOS: “DEVIA, F.E. c/ PEN Y ANSES s/VARIOS”

doba, 23 de junio de 2017.

Y VISTOS :

Estos autos caratulados: “D.F.E.C./ PEN Y ANSES –VARIOS”

(Expte. N° 54040005/2012/CA1), venidos a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la Resolución de fecha 20 de abril de 2012 dictada por el señor Juez Federal de Río Cuarto (fs. 36/37vta.), que dispuso hacer lugar a la demanda interpuesta por la actora, declarando la inaplicabilidad de la Resolución N°

884/2006 dictada por ANSeS, con costas a la demandada.

Y CONSIDERANDO:

  1. La recurrente expresa agravios en su escrito de fs. 39/41. Sostiene que la sentencia apelada le agravia por cuanto condena a ANSeS a otorgar un beneficio previsional en contradicción de las normas y reglamentaciones que rigen la materia en cuestión. Manifiesta que la ley 25.994 no se encuentra vulnerada por el Decreto 1454/2005 (que establece condiciones de la moratoria conforme la ley 24.476), en la medida en que, en relación a éste último, las normas impugnadas constituyen una razonable reglamentación del mismo. En segundo lugar se agravia por la imposición de costas a su parte, por entender que no corresponde aplicar el principio de que el vencido tiene que correr con las costas. Por lo que solicita que las costas sean en los términos del art. 21 de la Ley 24.463, el que prescribe que en todos los casos las costas serán por su orden.

    La parte actora contestó el traslado a fs. 44/47vta. de autos, quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. Del análisis de la causa se desprende que la actora inició la presente acción contra la ANSeS a efectos que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del Decreto 1451/06, de la Resolución 884/06 (ANSeS) y toda otra normativa que restrinja, altere o amenace con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, derechos y garantías constitucionales y en consecuencia, se ordene a la demandada le otorgue jubilación conforme lo previsto en los arts. 8 y 9 de la Ley 24.476, modificados por los arts. 3 y 4 del Decreto 1454/05.

    Ahora bien, las cuestiones planteadas en el presente resultan sustancialmente análogas a las examinadas por esta S. en los precedentes: “B., M.J. c/ ANSES y otro – Amparo Ley 16.986” (Expte. N° 35085/2014/CA1) de fecha 18 de diciembre de 2014; “B., Ana Rosa C/

    Fecha de firma: 23/06/2017 Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.D.A...

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