DESTRUCCION DE EXPEDIENTES JUDICIALES

Fecha de disposición19 Noviembre 2015
Fecha de publicación19 Noviembre 2015

ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

E D I C T O: De acuerdo con lo dispuesto por el art. 23° del Decreto-Ley N° 6848/63, Ley N° l6.478, se hace saber a los interesados que serán destruidos los expedientes judiciales correspondientes a los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo CIVIL N° 5, 13, 15, 33, 39, 46, 47, 50, 66, 67, 71, 73,94, 95, 96, 99, 100, 101, comprendidos entre los años 1936 al mes de octubre del 2005, del legajo número 149.653 al 153.350, y que estén comprendidos en el art. 17° de dicho Decreto-Ley; Las partes interesadas en la conservación de alguno de ellos, podrán requerirla por escrito ante el Señor Secretario de la Corte...

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