El destino de los pueblos originarios

Uno de los principales reclamos de los llamados pueblos "originarios" del sur de nuestro continente es el de la propiedad de la tierra, tema que se debatió ampliamente en la Convención que reformó la Constitución Nacional en 1994, dado que los representantes de esos pueblos pretendían que se les reconociera el carácter de "nación preexistente", concepto que fue cuestionado ante la posibilidad de que generara conflictos que superaran nuestro marco constitucional y permitieran la intervención de órganos internacionales.

Finalmente, se acordó como primera frase del actual inciso 17 del artículo 75 de la Constitución reformada que el Congreso debe "reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos". Esto implica que no se les reconoció un status político, superior o preexistente al de la Nación Argentina.

El número de habitantes descendientes de estos pueblos en el territorio de nuestra República alcanza casi a un millón, según el censo de 2010. De ese total, 299.311 habitan en la provincia de Buenos Aires, de acuerdo con aquel registro. Esa cifra es considerada sólo aproximada por Gabriela Comuzio, secretaria ejecutiva del Consejo Provincial Bonaerense de Asuntos Indígenas.

La aspiración de acceder al título de propiedad del terreno donde viven se ha concretado en pocos casos y ése es el mayor problema que comparten los grupos distribuidos en diversos puntos de la provincia, como Almirante Brown, Berisso, Trenque Lauquen, Olavarría y Azul.

La Constitución, en las atribuciones del Congreso, incluye "reconocer la personería jurídica de las comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de...

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