La desconstitucionalización del Estado de Derecho en Venezuela: del Estado Democrático y Social de Derecho al Estado Comunal Socialista sin reformar la Constitución

AutorAllan R. Brewer-Carías
CargoProfesor de la Universidad Central de Venezuela. Adjunct professor of Law, Columbia Law School, New York. Miembro de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales
Páginas42-66
LA DESCONSTITUCIONALIZACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO
EN VENEZUELA: DEL ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE
DERECHO AL ESTADO COMUNAL SOCIALISTA SIN REFORMAR
LA CONSTITUCIÓN
Allan R. Brewer-Carías
Profesor de la Universidad Central de Venezuela
Adjunct professor of Law, Columbia Law School, new York
Miembro de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales
Resumen: Este estudio analiza la Ley Orgánica del Poder Popular
sancionada en diciembre de 2010, mediante la cual se estableció,
al margen de la Constitución, un Poder Popular en paralelo al Po-
der Público, y un Estado Comunal en paralelo al Estado Constitu-
cional democrático y social de derecho que regula la Constitución,
montado sobre un sistema socialista basado en la denuncia, per-
secución y discriminación políticas y un sistema económico comu-
nista que excluye la propiedad privada de los medios de produc-
ción, por los cuales nadie a votado en el país.
Palabras clave: Poder Popular, Estado Comunal, Socialismo,
Comunismo, Comunas, Consejos Comunales, Sistema Económico
Comunal, Contraloría Social.
La Constitución venezolana de 1999, actualmente vigente, constituyó a Vene-
zuela como un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, “que
propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación,
la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la respon-
sabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y
Trabajo elaborado en homenaje al profesor Alfredo Morles Hernández.
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el pluralismo político” (art.2), organizando a la República como “un Estado federal
descentralizado que “se rige por los principios de integridad territorial, coopera-
ción, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad” (art. 4).
Ese es el Estado Constitucional en Venezuela: un Estado Federal descentrali-
zado, Democrático y Social de Derecho y de Justicia,
1
montado sobre un siste-
ma de distribución vertical del Poder Público en tres niveles territoriales, entre el
Poder Nacional, el Poder de los Estados y el Poder Municipal (art. 136), cada uno
debiendo tener siempre un gobierno de carácter “electivo, descentralizado, alterna-
tivo, responsable, pluralista y de mandatos revocables,” tal como lo exige el artícu-
lo 6 de la Constitución.
No es posible, por tanto, constitucionalmente hablando, crear por ley instancias
políticas que vacíen de competencias a los órganos del Estado (la República, los
Estados, los Municipios y demás entidades locales) y menos aún establecerlos
con funciones políticas sin que se asegure su carácter electivo mediante la elec-
ción de representantes del pueblo a través de sufragio universal, directo y secreto;
sin que se asegure su autonomía política propia del carácter descentralizado; y sin
que se garantice su carácter pluralista, en el sentido de que no pueden estar vin-
culados a una ideología determinada como es el Socialismo.
Este modelo de Estado Constitucional se intentó cambiar mediante una Reforma
Constitucional sancionada por la Asamblea Nacional en noviembre de 2007, con el
objeto de establecer un Estado Socialista, Centralizado, Militarista y Policial
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deno-
minado Estado del Poder Popular o Estado Comunal,
3
la cual sin embargo, una vez
sometida a consulta popular, fue rechazada por el pueblo el 7 de diciembre de
2007.
4
Sin embargo, en burla a la voluntad popular y en fraude a la Constitución, desde
antes de que se efectuara dicho referendo, la Asamblea Nacional en abierta viola-
ción a la Constitución comenzó a desmantelar el Estado Constitucional para susti-
tuirlo por un Estado Socialista mediante la estructuración paralela de un Estado del
Poder Popular o Estado Comunal, a través de la sanción de la Ley de los Consejos
1
Véase el estudio de la Constitución en cuanto a la regulación de este modelo de Es-
tado Constitucional en Allan R. Brewer-Carías, La Constitución de 1999. Derecho
Constitucional venezolano, 2 tomos, Caracas 2004.
2
Véase Allan R. Brewer-Carías, Hacia la Consolidación de un Estado Socialista, Cen-
tralizado, Policial y Militarista. Comentarios sobre el sentido y alcance de las propues-
tas de reforma constitucional 2007, Colección Textos Legislativos, No. 42, Editorial Jurí-
dica Venezolana, Caracas 2007.
3
Véase Allan R. Brewer-Carías, La reforma constitucional de 2007 (Comentarios al
Proyecto inconstitucionalmente sancionado por la Asamblea Nacional el 2 de noviem-
bre de 2007), Colección Textos Legislativos, No.43, Editorial Jurídica Venezolana, Ca-
racas 2007.
4
Véase Allan R. Brewer-Carías, “La proyectada reforma constitucional de 2007, recha-
zada por el poder constituyente originario”, en Anuario de Derecho Público 2007, Año
1, Instituto de Estudios de Derecho Público de la Universidad Monteávila, Caracas
2008, pp. 17-65

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