Los desafíos a la gobernabilidad en la Argentina

AutorJuan José Alvarez
Páginas86-94

Entre 2003 y 2004, la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (sede Chile) elaboró un informe para el Foro de la Sociedad Civil realizado en ocasión de la XXXIII Asamblea de la Organización de Estados Americanos donde se refería a las amenazas a la gobernabilidad en América latina.

Allí se consigna la existencia de cuatro áreas fundamentales en las que se podrían evidenciar amenazas a la gobernabilidad (FLACSO, 2004):

Vulnerabilidades político-institucionales:

- Recurrencia de crisis

- Democracias de baja intensidad

- Corrupción extendida

- Violencia institucionalizada

- Crisis de representatividad

Vulnerabilidades económico-sociales:

- Crisis de crecimiento económico

- Aumento sostenido de la deuda externa

- Desempleo en aumento

- Mejora marginal del desarrollo humano

- Incremento de la pobreza y la desigualdad

- Gasto público social ineficiente

Vulnerabilidades relacionadas con la integración social:

- Segregación de jóvenes y mujeres

- Discriminación y vulnerabilidad de la inmigración

- Discriminación de los pueblos indígenas

- Asimetría en el acceso a la información y la tecnología

Vulnerabilidades a la seguridad interna y externa:Page 88

- Confl ictos inter-estatales

- Conflictos limítrofes pendientes

- Conflictos de seguridad de carácter transnacional

- Crisis de la seguridad pública e incremento de la violencia

Para hacer frente a esos desafíos de gobernabilidad, el sistema político argentino presenta fuertes falencias, detalladas a continuación.

i) El hiperpresidencialismo: (des)equilibrio entre el Ejecutivo y el Legislativo. Como se señaló en 2.3, si bien la última reforma constitucional buscó atenuar el presidencialismo argentino, el Poder Ejecutivo resultó más fortalecido respecto del texto original de 1853/60, en particular a raíz de los instrumentos legislativos que le son reconocidos constitucionalmente desde 1994.

De tal forma, el poder de veto parcial de las leyes habilita al Presidente al veto parcial de la norma, pudiendo ser promulgadas las partes no observadas en tanto que éstas poseen "autonomía normativa y su aprobación parcial no altera el espíritu ni la unidad del proyecto sancionado" (art. 80 CN), lo que le otorga un poder reactivo fuerte es decir, la capacidad de defender el statu quo legislativo (Mainwaring y Shugart, 2002a), especialmente dada la exigencia de una mayoría califi cada en el Congreso para superar el veto del Ejecutivo.

Igualmente, la Constitución Nacional reconoce desde 1994 las facultades...

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