Derechos culturales. Debilidades discursivas en la formulación de sus contenidos. Cuestiones transversales

AutorLucía Carolina Colombato
Páginas81-99
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DERECHOS CULTURALES. DEBILIDADES DISCURSIVAS
EN LA FORMULACIÓN DE SUS CONTENIDOS.
CUESTIONES TRANSVERSALES.
Lucía Carolina COLOMBATO1
RESUMEN
La protección internacional de los derechos culturales, y su
desarrollo en comparación a otras categorías de derechos humanos,
ha debido sobrellevar la debilidad con que sus contenidos han sido
enunciados en el discurso jurídico. En efecto, a diferencia de lo
que sucede con los derechos civiles y políticos, e incluso con sus
congéneres -los derechos económicos y sociales-, los derechos
culturales han sido subestimados y empobrecidos.
El presente artículo, se propone analizar las razones de esa
debilidad, no desde una perspectiva jurídica, sino desde las ciencias
sociales, introduciendo una serie de cuestiones transversales que
inf‌l uyen sobre la consolidación de estos derechos, y que ponen
de resalto los esfuerzos de los estados tendientes a silenciar el
debate sobre el multiculturalismo, la apropiación de la cultura, la
información, el conocimiento científ‌i co, el desarrollo tecnológico y
la sostenibilidad cultural.
1 Lucía Carolina COLOMBATO, Abogada (UNLP, 2000),
Especialista en Derecho Civil (UNLP, 2009), Jefe de Trabajos Prácticos en
la Cátedra de Derecho Internacional Público y Ayudante de Primera en la
Cátedra de Derecho Civil I de la carrera de Abogacía (UNLPam), Becaria
de la Maestría de Estudios Sociales y Culturales (UNLPam), Co-directora
e investigadora en Proyectos de Investigación, Autora de capítulos de
libros, artículos y ponencias vinculados a la temática. Correo electrónico:
luciacolombato@cpenet.com.ar
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1. INTRODUCCIÓN
La protección internacional de los derechos culturales, y su
desarrollo en comparación a otras categorías de derechos humanos,
ha debido sobrellevar la debilidad con que sus contenidos han sido
enunciados en el discurso jurídico.
En efecto, a diferencia de lo que sucede con los derechos
civiles y políticos, e incluso en relación a sus congéneres -los
derechos económicos y sociales-, los derechos culturales han sido
subestimados y empobrecidos.
El presente artículo, se propone analizar las razones de esa
debilidad, no desde una perspectiva jurídica, sino desde las ciencias
sociales, introduciendo una serie de cuestiones transversales que
inf‌l uyen sobre la consolidación de estos derechos, y que ponen
de resalto los esfuerzos de los estados tendientes a silenciar el
debate sobre el multiculturalismo, la apropiación de la cultura, la
información, el conocimiento científ‌i co, el desarrollo tecnológico y
la sostenibilidad cultural.
No propongo aquí un examen de la cuestión en términos de
teoría jurídica2, lo que nos llevaría por los carriles de la dicotomía
entre derechos civiles y políticos y derechos sociales y culturales, su
posterior superación por el reconocimiento de la indivisibilidad de
los derechos humanos, y la búsqueda de mecanismos más ef‌i caces
para su protección (Cancado Trindade, 1994). Sino que pretendo
estudiar los derechos culturales, las normas y prácticas a ellos
vinculados, en referencia a las demás prácticas sociales (económicas,
políticas e ideológicas) que los comprenden. (Giménez, 1989: 65)
En este sentido, se ha señalado que no nos encontramos frente
a un problema de desarrollo progresivo de esta peculiar categoría
de derechos, en tanto y en cuanto los instrumentos internacionales
los enumeran de manera relativamente exhaustiva, sino que se trata
más bien de una desidia en su exigibilidad y tratamiento cotidianos
(Symonides, 1998: 2). Disiento parcialmente con dicha postura,
dado que considero que la fragilidad de los derechos culturales,
proviene del propio discurso escogido para la formulación de sus
2 Aunque ese análisis forma parte de los objetivos del Proyecto
de Investigación: “Los procesos de incorporación de instrumentos
internacionales sobre Derechos Económicos Sociales y Culturales en la
legislación Argentina y su inf‌l uencia en la Provincia de La Pampa” (1994-
2011), dirigido por la Magtr. Ana María Rodríguez, aprobado por Res.
125/2010 CD FCEyJ-UNLPam, en ejecución, que co-dirijo.

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