Derecho Penal. Parte General

Páginas117-117
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JURISPRUDENCIA NACIONAL Y PROVINCIAL
I
Penal General
Sumario
§1.- Sala III del Tribunal de Casación Penal, causa N° 15.845 (Registro de Presidencia Nº 51.999) caratulada
“M., L. G. s/ Recurso de Casación”, rta. 25 de junio 2013. Pena natural: receptación legislativa.
§2.- Sala I del Tribunal de Casación Penal pcia. Buenos Aires, Causa N° 57.355 caratulada “A., R. E. s/
Recurso de Casación”, rta. 20 de agosto 2013. Concurso de figuras. Pena de la tentativa
§1.- Pena natural: receptación legislativa.
La pena natural tiene expresa receptación l egislativa en nuestro ordenamiento procesal artículo 56 bis Código
Procesal Penal- como parte de las alternativas para la resolución de conflictos.
“Si de las características del evento atribuido se d esprende que las lesiones padecidas por el encartado tuvieron
como génesis la propia actividad riesgosa en el caso: al in tentar apoderarse ilegítimamente de un vehículo,
intimidando a la víctimas con un arma de fuego-, la valoración de la pena natural como entidad compensadora no
resulta aplicable.” (SALA III DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, CAUSA 15.845 (REGISTRO DE PRESIDENCIA Nº
51.999) CARATULADA “M., L. G. S/ RECURSO DE CASACIÓN”, RTA. 25 DE JUNIO 2013).
§2.- Concurso de figuras. Pena de la tentativa
La concurrencia entre el robo agravado y la portación ilegal de arma de guerra nunca puede consistir en un
concurso aparente, si el imputado que portaba el arma, la emplea durante la perpetración del robo, existiendo así
unidad de determinación y conducta, por lo que el concurso deviene ideal.
La escala aplicable para los delitos tentados conforme lo establecido en el artículo 44 del Código Penal, resulta en
su mínimo, la mitad del establecido en la figura concreta y en su máximo, las dos terceras partes del máximo de
aquella.” (SALA I DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL PC IA. DE BUENOS AIRES, CAUSA 57.355 CARATULADA
“A., R. E. S/ RECURSO DE CASACIÓN”, RTA. 20 DE AGOSTO 2013).
II

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