Derecho del Trabajo: normas internacionales y su operatividad

AutorNanci Bautista

Derecho del Trabajo: normas internacionales y su operatividad.

Nanci Bautista.

Estructura de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (1998). Estructura de la Declaración Socio- Laboral del Mercosur (1998). Funcionalidad de ambas declaraciones. Propuesta para ponerlas en práctica.-

Introducción:

El presente trabajo fue elaborado en el marco del Seminario Taller dictado en el INSTITUTO DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO JUDICIAL "DR. JUAN BAUTISTA ALBERDI", del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, y en relación al curso dictado por el Dr. Rodolfo Ernesto Capón Filas.-

Palabras preliminares.-

Procesada -al menos liminarmente y con modestas pretensiones en lo inmediato- la exposición del disertante y recepcionadas las consignas del trabajo encomendado, no puede encararse el análisis propuesto de un modo ascético, al estilo de una prolija monografía, zurciendo los pedazos de lo ya escrito para lograr una pieza que disimule las fisuras que, irremediablemente, han de ponerse en evidencia, a poco que comencemos a abrir los ojos y el pensamiento a esa visceral forma de entender el mundo que viene dictada por el saber popular. Ese, que nos invita a "involucionar", como rebobinando una película donde pasan -regresan- objetos, nombres, conocimientos, ciudades y pueblos, historias, mercaderes y mercados, fenómenos y teorías, ciencia y religión, cátedras y corderos, preguntas, más preguntas... hasta enmudecer; hasta que el silencio, nos sople la respuesta.-

"Pero ahí mismo se adivina esa comunidad de estar todos en lo mismo, donde yo y Mamamí nos fundimos. Es el milagro de estar, antes de ser. El fondo común antes de que yo me llame Kusch y el hombrecito Mamamí. Es un área no pensada e imposible de pensar. El silencio en suma y detrás del silencio quizá un símbolo: quizá los dedos de la divinidad, la misma que estuvo arrugando los cerros: una vida realmente en común, la mía, la del viejito y la de la puna, y todos en silencio." ("Cuando se viaja desde Abra Pampa", Rodolfo Kusch, KIWICHA CULTURAL DEL MUNDO ANDINO, Año 2, N° 20, julio-agosto 1.996).-

Estructura de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (1998).

La Declaración comprende cuatro categorías en las que se aglutinan las cuestiones medulares que dan sustento a los derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la Organización, y que refieren: a la libertad de asociación, a la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; a la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; a la abolición efectiva del trabajo infantil; y a la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.-

En lo atinente a sus antecedentes, se ha explicado que "La Declaración establece claramente que estos derechos son universales y que se aplican a todas las personas en todos los países - independientemente del nivel de desarrollo económico. Menciona en particular a los grupos con necesidades especiales, tales como los desempleados y los trabajadores migrantes. Reconoce que el crecimiento económico por sí solo no es suficiente para asegurar la equidad y el progreso social y para erradicar la pobreza. Un procedimiento de seguimiento respalda este compromiso. Los Estados Miembros que no han ratificado uno o varios de los convenios fundamentales deben presentar cada año una memoria sobre la situación de los principios y derechos considerados señalando los obstáculos que impiden la ratificación y los ámbitos en los que necesitarían asistencia. Las memorias son examinadas por un grupo de expertos consejeros independientes, los Expertos Consejeros en la Declaración, cuyas observaciones son consideradas por el Consejo de Administración. La Declaración y su seguimiento ofrecen a los países, los empleadores y los trabajadores tres modalidades de ayuda para cumplir plenamente el objetivo de la Declaración. En primer lugar, se realiza un de las memorias comunicadas por los países que aún no han ratificado uno o varios de los convenios de la OIT directamente relacionados con los principios y derechos específicos enunciados en la Declaración. Este proceso de presentación de memorias da a los gobiernos la oportunidad de exponer las medidas que han tomado con el fin de dar cumplimiento a la Declaración, y ofrece a las organizaciones de empleadores y de trabajadores la posibilidad de expresar sus opiniones respecto de los progresos realizados y las medidas tomadas. En segundo lugar, el da, todos los años, una imagen global y dinámica de la situación en que se encuentran los principios y derechos enunciados en la Declaración. El Informe global proporciona una visión objetiva de las tendencias mundiales y regionales con respecto a las cuestiones relacionadas con la Declaración y pone de relieve los ámbitos que requieren más atención. Asimismo, sirve de base para fijar prioridades en materia de cooperación técnica. en este ámbito, tercera modalidad para dar efecto a la Declaración, tienen por finalidad atender necesidades concretas relacionadas con la Declaración y fortalecer las capacidades locales facilitando así la aplicación de los principios en la práctica. El reconocimiento de los principios y derechos enunciados en la Declaración es cada vez mayor entre las organizaciones, las comunidades y las empresas. Estos principios y derechos establecen criterios de referencia para una conducta empresarial responsable y están incorporados en la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT. Las líneas directrices de la OCDE para las empresas multinacionales destacan los principios y derechos que figuran en la Declaración de la OIT. Asimismo, el Pacto Mundial de las Naciones Unidas los promueve como valores universales que han de tenerse en cuenta en las transacciones comerciales en el mundo entero. Un número creciente de códigos de conducta y otras iniciativas similares del sector privado se refieren también a los principios y derechos fundamentales en el trabajo." (cfr. Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo- Antecedentes- www.ilo.org)

Su texto señala que tales derechos son universales y se aplican a todas las personas, en todos los países -"independientemente del nivel de desarrollo...

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