El derecho administrativo como garante de la ética pública

AutorJulio Conte-Grand
Páginas499-506
Sumario: I. OBJETO. NECESIDAD ACTUAL DE REVI-
TALIZAR LA ÉTICA PÚBLICA. – II. JURIDIZACIÓN DE LA
ÉTICA. 1. BASES CONSTITUCIONALES. 2. EL DERECHO
ADMINISTRATIVO COMO CUSTODIO DEL COMPORTAMIENTO
ÉTICO. A) Lo ético en el ingreso a la función pú-
blica. B) Lo ético en el desempeño de la función
pública. C) Lo ético al cesar en la función pú-
blica. – III. GARANTÍAS DEL COMPORTAMIENTO ÉTICO.
1. CONTROL SOCIAL Y TRANSPARENCIA. 2. VIRTUDES Y
VICIOS EN LA FUNCIÓN PÚBLICA. – IV. CONCLUSIÓN.
LUCHA CONTRA LOS ADVERSARIOS DE LA ÉTICA.
I
Objeto. Necesidad actual de revitalizar
la ética pública
Bien se ha dicho que asistimos en nuestr os
días al “rescate de lo éti co”, ya que, hasta hace
sólo unos años, el asunto de lo ético estaba rele-
gado a la filosofía y a la religión que, lamenta-
blemente, dentro del escalafón de los saberes del
hombre, habían caído para muchos en desgracia,
al punto de que la ética brillaba por su ausencia –
y aún sigue brillando– e n muchas carreras uni-
versitarias. Bienvenido sea que se hable de la
ética, con tal de que no s e haga con ligereza o
porque queda bien. Es que “los fraudes, las arbi-
trariedades políticas, las i njusticias descaradas,
las conductas insanas y tantos otros desmanes se-
mejantes nos han obligado a romper el silencio
(...) Lo que importa ahora es que no sea todo un
juego de palabras sino un compromiso de con-
versión a la conducta ética”(1).
En lo que refiere a la Administración pública,
a las tres “e” que se han puesto de moda con los
procesos de reforma y modernización estatal –
economía, efici encia y eficacia– se agrega últi-
mamente una c uarta “e”, correspondient e a la
ética(2). Ello se debe a que s e ha comenzad o a
tomar conciencia de la necesidad de “regenerar
la vida pública”, no limitándose a la prevención o
reacción frente a la corrupción, sino garantizando
la vigencia y realización de todos los valores éti-
cos en el ámbito de la Administración, fundados
en el valor trascendente de la persona y en el ca-
rácter servicial de la Administración, ya que, “en
definitiva, es la dignidad humana la que marcará
las pautas de conducta. Dignidad en el adminis-
trador y en el administrado, en el que realiza las
funciones administrativas y en su destinatario”(3).
El derecho administrativo como garante de la ética
pública
por CARLOS E. DELPIAZZO(*)
(*) Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Univer-
sidad Mayor de la República Oriental del Uruguay. Profesor de
Derecho Administrativo, Profesor de Informática Jurídica y de
Derecho Telemático y Director del Instituto de Derecho Ad-
ministrativo en la Facultad de Derecho de dicha Universidad.
Profesor de Derecho Administrativo, Director del Programa
Master de Derecho Administrativo Económico (PMDAE) y
Profesor de Derecho Informático en la Facultad de Derecho de
la Universidad de Montevideo. Profesor Invitado del Instituto
Nacional de Administración Pública (España). Profesor Visi-
tante de la Especialización en Derecho Administrativo de la
Universidad de Belgrano (Argentina). Profesor Extraordina-
rio Visitante de la Universidad Católica de Salta (Argentina).
Autor de varios libros y múltiples trabajos sobre temas de su
especialidad. Miem bro del Instituto Uruguayo de Dere cho
Administrativo, del Instituto de Derecho Administrativo de la
Universidad Notarial Argentina, de la Asociación Argentina
de Derecho Administrativo, de la Asociación de Derecho Pú-
blico del Mercosur, de la Asociación Andrés Bello de juristas
franco-latinoamericanos, de la Asociación Iberoamericana de
Derecho Administrativo y de la Asociación Internacional de
Derecho Administrativo. Secretario General del Foro Iberoa-
mericano de Derecho Administrativo.
(1) BERNAL, LUIS C., El cansancio de ser honrado, Mon-
tevideo, 1999, págs. 103-104.
(2) RODRÍGUEZ-ARANAMUÑOZ, JAIME, La ética en la mo-
dernización de las Administraciones públicas, en Rev. de De-
recho Administrat ivo, Buenos Aires, 1999, Año 11, nº 32,
pág. 273.
(3) GONZÁLEZ PÉREZ, JESÚS , La ética en la Administra-
ción pública, Madrid, Civitas, 1996, pág. 33.

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