Depósitos judiciales: punto final para un atropello

La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal dictó recientemente una medida cautelar que puso fin a un atropello conocido en su momento como la ley Conti. Esta norma había privado, luego de 50 años, al Banco Ciudad de los depósitos judiciales de los litigantes de la ciudad en los fueros comercial, laboral y penal, los cuales fueron transferidos al Banco Nación. Como señaló LA NACION en su editorial del 10 de julio de 2012, esta ley constituyó "un manotazo", que sólo parecía entenderse en el contexto del absurdo enfrentamiento del gobierno nacional con las autoridades de la ciudad, y cuyo verdadero propósito no era otro que apropiarse de una nueva caja política y desfinanciar al gobierno porteño, por la vía del castigo a un banco centenario como es el Ciudad.

La iniciativa legislativa se planteó en julio de 2012, a pocos días del lanzamiento por parte del gobierno porteño de un novedoso plan de financiamiento para vivienda denominado Primera Casa BA. Esta línea crediticia, que resultó muy exitosa, preveía tasas de interés sensiblemente más bajas que las del mercado y apuntaba a que sus beneficiarios fueran seleccionados a partir de un sistema de scoring, confeccionado con intervención de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, que ponderaría las necesidades socioeconómicas de los solicitantes.

La fuerte repercusión de este programa generó la atención del gobierno nacional y su respuesta fue restringir el fondeo al Banco Ciudad para así limitar el alcance de una política pública del gobierno local.

Solamente los diputados y senadores nacionales del Frente para la Victoria votaron esta ley. Incluso el presidente de la Comisión de Justicia, el diputado Jorge Yoma, expresó su desacuerdo absoluto y se apartó del alineamiento de su bloque.

La norma violaba la autonomía porteña al quitar facultades y funciones ya delegadas por el Estado central a la ciudad de Buenos Aires con anterioridad a la consagración de la reforma de la Constitución nacional de 1994.

Como se recordará, dicha autonomía fue delimitada por la denominada ley Cafiero, que restringió las facultades locales en diversas cuestiones, entre ellas, los registros de propiedad y la Inspección General de Justicia, pero no contempló restricción alguna en materia de depósitos...

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