Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 27 de Noviembre de 2018, expediente FMZ 017626/2014/CA001

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 17626/2014/CA1 Acta audiencia art. 454 C.P.P.N.

En la Ciudad de Mendoza, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil dieciocho, se constituye el Tribunal, integrado por los señores Jueces Dres. J.I.P.C., en ejercicio de la presidencia y M.A.P., integrando el Tribunal el Sr. Vocal de la Sala “B”, Dr. A.R.P. quien fuera designada por Acordada N°

9770 del 01/08/2018 -de esta Cámara Federal en Pleno, con la anuencia conteste de las partes presentes, contando además con la presencia de la Secretaria ad hoc Dra. S.O., a fin de celebrar la audiencia prevista en el art. 454, en función del art. 465 bis, del Código Procesal Penal de la Nación, en la causa Nº FMZ 17626/2014/CA1: Caratulado:

LEYTON, ASUNCIÓN DE M., A., S.A., RAMOS, E.O., MERCADO CLELIA s/

Infracción Art. 138 del CP Según Ley 24410-Supresión de Estado Civil

. La audiencia está siendo filmada; el registro audiovisual forma parte integrante de la presente actuación y queda a disposición de las partes en Secretaría. Se encuentra presente la parte recurrente, representada por los Sres. Defensores Públicos Oficiales Coadyuvantes Dres. S.B. y P.M.S., por los imputados A.M.L., S.A.A. y E.O.R., en representación del Ministerio Público Fiscal la Sra. Fiscal ad hoc P.S., quien lo hace acompañada por el Dr. L.C., la denunciante Sra. M.R.M., y las Sras.

C.P.M. y D.C.R. quienes fueran citadas a la presente audiencia, en virtud de los Artículos 3, 5 y ccs. de la Ley 27.373 (de Derechos y garantías de las personas víctimas de Delitos).

Se da inicio a la audiencia y se concede la palabra al recurrente, Dr.

Bahamondes quien procede a argumentar su posición y a responder Fecha de firma: 27/11/2018 Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.O., SECRETARIA FEDERAL AD HOC #21018040#222584758#20181127084236339 preguntas. A continuación se le da uso de la voz a la Señora Fiscal ad hoc Dra. P.S. quien peticiona se rechacen los agravios defensivos, debiéndose confirmar el auto puesto en tela de juicio respecto de todos los encartados, sin perjuicio de que solicita se ajuste la calificación en relación al delito previsto por el art. 293 del Código Penal respecto de la encartada S.A.A., por los motivos que expresa. Seguidamente, haciendo uso del derecho de réplica, toma la palabra el Dr. B.. Seguidamente, toma la palabra la Dra.

S.. Seguidamente...

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