Sentencia de Sala 2, 10 de Marzo de 2015, expediente CFP 006283/2014/CA002

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2015
EmisorSala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 6283/2014/CA2 Sala

  1. CFP 6283/2014/CA2 “G., G.L. y otro s/ sobreseimiento”.

    Juzgado Federal n° 2. Secretaría n° 4.

    Buenos Aires, 10 de marzo de 2015.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs.

    94/97 vta. por el querellante M.R. con el patrocinio del Dr.

    H.L.F. contra la resolución de fs. 85/92 vta. por la que se resolviera sobreseer a G. L. G -punto I)- y a J. P M. -punto II)- (art. 336 inc.

    1. del C.P.P.N.).

    En la oportunidad reglada por el art. 454 del código de forma (v. fs. 102/106) y por las razones allí expuestas, la querella peticionó se revoque el auto en crisis y se dicte el procesamiento de los imputados.

  3. Las actuaciones encuentran su origen en la presentación formulada por M.R. (tenido por querellante a fs. 8), quien enrostró a los arriba nombrados haber incurrido en falso testimonio y reticencia al brindar exposición en tal carácter -al ser citado con relación a la denuncia que presentara, cfr. copias de fs. 16/18 y 20/23-, entre otras cosas.

    El antecedente de la cuestión es la denuncia a la que hace referencia fue formulada por G. con el patrocinio del D.M. en orden a presuntas irregularidades cometidas en el ámbito de la empresa Aerolíneas Argentinas en base al análisis de diversas publicaciones periodísticas que daban cuenta de ello, investigación que se encuentra radicada ante el Juzgado n° 7 del fuero, contando con el impulso fiscal reglado por el art.

    180 del código de forma (v. copias de fs. 24/27).

  4. Adelanta el Tribunal que el decisorio adoptado ha de ser confirmado.

    1. De las constancias reunidas y atendiendo a la denuncia presentada por G.L.G. y por cuyos términos el recurrente promoviera esta querella, el aquí imputado refirió haber tomado conocimiento de los hechos Fecha de firma: 10/03/2015 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: N.A.P., S. de Camara a través de internet y de un artículo periodístico así como por dichos de una tercera persona cuyo nombre se reservó indicando su área de trabajo.

      Ahora bien; lleva dicho esta Sala que el delito de falso testimonio tutela la administración de justicia en su carácter de bien jurídico, coexistiendo con el de falsa denuncia -que se halla dirigido a proteger la misma cuestión-, por lo que “…la posibilidad de inducir a error al...

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