Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 31 de Mayo de 2022, expediente CAF 036977/2016/CA001 - CA002

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

36977/2016 DEMENEIS , J.C. Y OTROS c/ EN - M

DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS

FFAA Y DE SEG Juzg. 7

Buenos Aires, 31 de mayo de 2022.- APA/JMS

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el juez ordenó que se practique una nueva liquidación de intereses “sobre el capital inicial desde la fecha de corte de la anterior liquidación y hasta el momento en que la parte actora quedó notificada de la dación en pago” (pronunciamiento del 27 de diciembre de 2021).

  2. Que la parte actora interpuso recurso de apelación en subsidio al de revocatoria que fue desestimado en el pronunciamiento del 21

    de febrero de 2022 (v. recurso del 9 de febrero de 2022, que no fue replicado).

    Fundó sus agravios en que “la base de cálculo, capital neto o inicial, que esta parte obtiene es de restar a la ‘Diferencia Bruto’ (3ra columna), el monto de los ‘Aportes jubilatorios’ (7ma columna) y de la ‘Obra Social’ (10ma columna). Es decir, que no se incluyen los intereses”.

    Agregó que “sobre el capital neto o inicial se aplicó la tasa pasiva promedio mensual BCRA […] desde el 01/11/2019 día siguiente a la planilla de liquidación, hasta el 02/08/2021, fecha en la que […] dictó la providencia haciendo saber del depósito”.

  3. Que esta sala ha dicho que la crítica concreta y razonada de la decisión apelada exigida por el artículo 265 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación no se sustituye con una mera discrepancia del criterio objetado, sino que implica el estudio de los razonamientos contenidos en aquélla, demostrando a la cámara las equivocadas deducciones, inducciones o conjeturas sobre las cuestiones resueltas (causa “G.J.A. c/ EN — M° Justicia — PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”, pronunciamiento del 1º de febrero de 2012).

    Fecha de firma: 31/05/2022

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Aun con el amplio criterio que pregona esta sala (causas “Escobar”, “Suazo”, “E.N.- C.N.R.T. disp. 7964 y otra”, “Ferla” y “González”, pronunciamientos del 20 de marzo de 2012, y del 19 de febrero, 12 de marzo, 27 de agosto y 31 de octubre de 2013,

    respectivamente, entre otras), el memorial no cumple dicha exigencia.

    En efecto, la parte actora, como se vio, fundó sus agravios en que no incluyó intereses en la liquidación que...

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