Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA ? SECRETARIA SALA B, 25 de Febrero de 2019, expediente FMZ 082135007/2011

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA ? SECRETARIA SALA B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 82135007/2011 Mendoza, 25 de febrero de 2019.

Y VISTOS:

Los presentes Nº FMZ 82135007/2011 caratulados “MOTORES DE SAN

LUIS S.A. c/ ESTADO NACIONAL s/ AMPARO CONTRA ACTOS DE

PARTICULARES”, venidos a esta S. “B” para resolver el recurso extraordinario

deducido a fs. 522/533, por los Dres. M. de Z. y Bernardo

Pascual Quinzio, por su propio derecho, contra el interlocutorio obrante a fs. 510/511,

por medio del cual se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes en el

recurso de apelación interpuesto a fs. 448/449 y en el recurso extraordinario;

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que los Dres. M. C. C. de Z. y Bernardo Pascual

    Quinzio, por su propio derecho, plantean recurso extraordinario federal (art. 14 ley

    48) contra la resolución de fs. 510/511 por medio de la cual se regulan los honorarios

    profesionales intervinientes en el recurso de apelación interpuesto a fs. 448/449 y en

    el recurso extraordinario.

    En su presentación, como causal de apertura del recurso extraordinario

    intentado, invoca la cuestión federal involucrada al caso, en virtud de hallarse

    cuestionada la inteligencia y alcance de preceptos legales especiales de carácter

    federal habiéndose dictado resolución contraria al derecho invocado por su

    representada.

    Indica que la sentencia es arbitraria, y solicita que al resolver se conceda el

    recurso extraordinario, y se revoque el auto interlocutorio del 12 de junio de 2018,

    dejándolo sin efecto y en su lugar se dicta pronunciamiento conforme al artículo 14

    de la ley 21.893, regulando honorarios en el porcentaje de legal sobre la cantidad

    establecida en concepto de honorarios de primera instancia.

    Alega que la regulación de los honorarios por la actuación cumplida por el

    abogado de la demandada en el recurso extraordinario denegado, es irrazonable, y

    que afecta gravemente la garantía de propiedad consagrada constitucionalmente y el

    derecho de lograr una sentencia justa.

    Fecha de firma: 25/02/2019 Alta en sistema: 28/02/2019 Firmado por: OLGA PURA ARRABAL - GUSTAVO CASTIÑEIRA DE DIOS - ALFREDO PORRAS, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: P.O.Q., Secretario de Cámara #8621745#226407272#20190225094932626 2º) Corrido el traslado de rigor a fs. 534 el mismo es contestado por el

    representante de la actora a fs. 537/542, quién, por las razones que expone, solicita su

    rechazo, con costas.

  2. ) Que no obstante reunir el recurso deducido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR