Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 31 de Mayo de 2019, expediente CIV 097544/2013
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2019 |
Emisor | Camara Civil - Sala H |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H
97544/2013 DELL ARCIPRETE, C.A. c/
MICROOMNIBUS PRIMERA JUNTA S.A. Y OTRO s/ DAÑOS Y
PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE)
Buenos Aires, 31 de mayo de 2019.- DL Fs. 111
AUTOS Y VISTOS:
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En los casos en que el expediente concluye por caducidad de instancia, siendo éste un modo anormal de terminación del proceso, deben aplicarse por analogía las mismas normas que corresponden al rechazo de la demanda o al desistimiento de la acción y del derecho (conf. plenario M.S. c/ Consorcio Bme. Mitre 2257 s/ sumario ED 64-250).
A tales efectos, es de señalar que, es criterio de este Tribunal, que en estos supuestos debe considerarse como base regulatoria únicamente el capital reclamado en la demanda no correspondiendo incluir los intereses en la base del cálculo de los honorarios, pues para que esto ocurra se requiere que hayan sido objeto de reconocimiento en el fallo definitivo (confrontar en este último aspecto art. 19 del Arancel y autos “Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA c/ M.J.J. y otros s/ cobro de sumas de dinero” del 27/09/11 de esta Sala).
Sentado lo anterior, y conociendo en el recurso deducido contra la regulación de honorarios de fs. 98, se tendrá en cuenta además la naturaleza del asunto, resultado obtenido, etapas cumplidas por los profesionales intervinientes hasta la declaración de caducidad, mérito de la labor apreciada por su calidad, eficacia y extensión, la relación de esta labor con el principio de celeridad procesal, considerando además lo dispuesto por los artículos 1, 6, 7, 9,
33, 37, 38 y concs. de la ley 21.839 t.o. ley 24.432.
Por lo antes expuesto, por resultar equitativos se confirman los honorarios regulados al Dr. S.L.T.,
Fecha de firma: 31/05/2019
Alta en sistema: 04/06/2019
Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA
letrado apoderado de la parte demandada y de la citada en garantía,
por su actuación hasta la declaración de la caducidad de instancia.
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En cuanto a los honorarios del perito ingeniero, se tendrá en cuenta la naturaleza del proceso, la aceptación del cargo y tareas preparatorias realizadas en autos y proporcionalidad que debe guardar con los estipendios correspondientes a los restantes...
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