Los delitos de “cuello blanco” y los delitos de “cuello azul”
Autor | Ramiro Anzit Guerrero |
Anzit Guerrero, Los delitos de “cuello blanco” y los delitos de “cuello azul”
1
Los delitos de “cuello blanco”
y los delitos de “cuello azul”*
Por Ramiro Anzit Guerrero
1. Delitos de “cuello blanco”
En el siglo XX apareció una gran masa laboral: la clase media que desempe-
ñaba tareas administrativas, educativas, industriales, profesionales, que se aparta-
ban de las categorías de Lombroso y los seguidores de una antropología criminal.
De esta manera, Sutherland explica la criminalidad en las clases medias y superio-
res, impulsando su estudio de los ―delitos de cuello blanco‖.
Antes de Sutherland, otros autores comenzaron a trabajar con esa idea: Morris,
en 1934, centró sus investigaciones en el análisis de cómo la posición social, la inte-
ligencia y la técnica para el crimen eran una combinación que describía a cientos de
ciudadanos que delinquían, casi virtualmente inmunes a toda consideración o con-
dena social. Por su parte, Veblen, inserto dentro de lo que será la Escuela Crítica,
desarrolló la teoría de la ―clase ociosa‖, donde encontró una relación profunda entre
el prototipo del capitalista –hombre adinerado– y el delincuente, en tanto que ambos
se valían de métodos eficaces no legítimos para conseguir sus objetivos. Aquí
desempeñaba un papel importante el de la inteligencia en las clases superiores,
donde el robo no era una necesidad, a la vez que desde el punto de vista legal, este
tipo de delincuente se cuidaba más que el delincuente común.
En 1939, Sutherland presentó su teoría en la reunión anual de la American So-
ciological Society celebrada en Filadelfia (Estados Unidos de América), donde defi-
nió al ―delito de cuello blanco‖, como aquellos ilícitos penalizables cometidos por
personas de elevada condición social en el curso o en relación a una actividad pro-
fesional. Su impacto fue enorme. Obligó a afrontar ciertos fenómenos de la sociedad
capitalista que hasta entonces no se habían tomado en cuenta. ¿Podía ser posible
que la sociedad provocara transformaciones en el ciudadano que lo llevara a delin-
quir? Con este giro que da Sutherland a la criminología, se impulsarían otras escue-
las de pensamiento que pondrían a la sociedad como elemento para investigar. Con
Sutherland, el delito ya no era producto de hombres atávicos, gente de clase baja
con instintos agresivos hacia un orden social supuestamente ideal.
Se debe tener en cuenta, que la doctrina impulsada por Sutherland está fun-
damentada en los cambios sociales de principios del siglo XX. Estados Unidos vivía
un clima social de urbanización, de un crecimiento desmedido y descontrolado de la
economía, lo cual provocaba la desorganización social (ruptura de lazos sociales),
producto de la creciente concentración industrial acompañada por las olas inmigrato-
rias.
* Extraído del artículo publicado en la revista electrónica ―Archivos de Criminología, Criminalís-
tica y Seguridad Privada‖, México, editada por la Sociedad Mexicana de Criminología Capítulo Nuevo
León A.C. (www.somecrimnl.es.tl). Bibliografía recomendada.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba