Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 2 de Junio de 2015, expediente FPO 031000197/2011/CA001

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación 31000197/2011/CA1 sadas, Junio 2 de 2015.-

Y VISTOS:

1) Que a fs. 81/90 vta. se inicia acción meramente declarativa (art. 322 del CPCC) contra el ESTADO DE LA NACION ARGENTINA –PODER EJECUTIVO NACIONAL a fin de que se ponga fin al estado de incertidumbre sobre la existencia o no de la obligación legal y perentoria que impone el PODER EJECUTVO NACIONAL, el deber de promover el Proyecto de Ley de Expropiación que declara de utilidad pública los inmuebles que abarca el plano de relevamiento de tierras que ocupa la comunidad MBYA GUARANI “ALECRIN” (cfr. fs. 81 I-OBJETO).-

2) Que, es sabido que la competencia se determina por la naturaleza de las pretensiones deducidas en la demanda (art. 5 CPCC), sin que la excepción de incompetencia opuesta por la demandada ESTADO NACIONAL a fs. 107/121 fundada en la citación del ESTADO PROVINCIAL como tercero para oponer la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación altere -por el momento-, lo solicitado en demandada.-

Que, así lo resolvió el juez a quo a fs. 129/130 vta., y que fuera apelado y fundado a fs. 132/136.-

3) Así las cosas, y a fin de examinar si corresponde en estos autos la competencia originaria de la C.S.J.N. conforme art. 117 de la C.N. y y art. 24, Dto.L. Nº 1285/58 atento se hubo demandado por la parte actora al ESTADO NACIONAL ARGENTINO únicamente a fs. 81, cabe señalar que no se advierte -por el momento-, la necesaria intervención del ESTADO DE LA PROVINCIA DE Fecha de firma: 02/06/2015 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.Z.I., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: M.T. DE SKANATA, JUEZ DE CAMARA MISIONES en orden al conflicto que se suscitaría entre la Provincia y la Nación demandada, conforme dichos de la recurrente de fs...

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