Decretos Sintetizados, Año 2011 - Dto. Nº 127 - Desígnase Subsecretario de Programas de Salud .. 2, Año 2011 - Dto. Nº 134, 135 y 136
Fecha de publicación | 04 Enero 2012 |
Tipo de documento | DECRETOS SINTETIZADOS |
Número de Gaceta | 13272 |
Sección | Sección Oficial |
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 2 Miércoles 4 de Enero de 2012
Sección Oficial
DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Desígnase Subsecretario
de Programas de Salud.
Dto. N° 127/11.
Rawson, 27 de Diciembre de 2011.
VISTO:
El Expediente N° 11199-M.S-2011, y lo prescripto
por la Constitución Provincial en el Artículo N° 155° -
Inciso 3); y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita
la designación en el cargo de Subsecretario de Progra-
mas de Salud del Ministerio de Salud, al Doctor Alfredo
SAMARTINO, a partir del 19 de diciembre de 2011, quien
reúne las condiciones y requisitos necesarios exigidos
para el cargo;
Que por lo antes mencionado corresponde dejar
sin efecto la designación dispuesta mediante Decreto
N° 1557/07, a partir del 18 de diciembre de 2011;
Que encontrándose reunidos en el caso los su-
puestos de hecho necesarios, resulta procedente otor-
gar eficacia retroactiva al acto conforme lo previsto en
el Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del Punto
3) del mismo instrumento legal;
Que la Dirección General de Administración de Per-
sonal ha tomado debida intervención en el presente
trámite;
Que el Asesor General de Gobierno, interviene en
el presente trámite;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación dis-
puesta mediante Decreto N° 1557/07, al Doctor Alfredo
SAMARTINO, (M.I. Nº 23.150.679 - Clase 1973), a partir
del 18 de diciembre de 2011.
Artículo 2°.- Designar a partir del 19 de diciembre
de 2011, en el cargo de Subsecretario de Programas de
Salud del Ministerio de Salud al Doctor Alfredo,
SAMARTINO (M.I. Nº 23.150.679 -Clase 1973).
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado
por el señor Ministro Secretario de Estado en el Depar-
tamento de Salud.
Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese,
dése al boletín Oficial y Cumplido ARCHÍVESE.
Dr. MARTIN BUZZI
Dr. PEDRO ALBERTO ROMERO LUNA
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N° 134 30-12-11
Artículo 1º.- OTÓRGASE un subsidio por la suma
de total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00),
a favor de la Comuna Rural de Carrenleufú, represen-
tada por su Presidente Señor MURIETTE, Juan Orlando
(DNI N° 24.133.466), destinado a la construcción de
cuatro (4) viviendas sociales ubicadas en esa locali-
dad, en el marco de la normativa dispuesta por el Artí-
culo Io del Decreto N° 1304/78, modificado por los De-
cretos N° 1232/00, Nº 18/03 y N° 2424/04.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente Decreto, será con cargo a: Jurisdicción 40
- Ministerio de la Familia y Promoción Social - Programa
39 - Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida
Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio año
2011.
Artículo 3º.- El subsidio otorgado deberá ser inver-
tido dentro de los treinta (30) días de recepcionado y
rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia
dentro de los sesenta (60) días de su inversión con
copia a la Dirección General de Administración del Mi-
nisterio de la Familia y Promoción Social.
Dto. N° 135 30-12-11
Artículo 1º.- OTÓRGASE un subsidio por la suma
total de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00), pagaderos
en seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas
de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) cada una, a favor del
Nuevo Instituto de Custodia y Adaptación para Dismi-
nuidos Psicofísicos - NICADPI de la ciudad de Trelew,
Personería Jurídica N° 754, sita en Velero Mimosa N°
286 de la ciudad de Trelew, representada por su Presi-
dente Señor SCHMIDT, Osvaldo Cristian (DNI N°
17.447.090) y su Tesorera Señora HUISCA, Claudia
Noemí (DNI. N° 27.563.766), destinado a solventar gas-
tos de funcionamiento de dicha Institución, en el marco
de la normativa dispuesta por el Artículo 1º del Decreto
N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, N°
18/03 y N° 2424/04.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente Decreto, será con cargo a: Jurisdicción 40
- Ministerio de la Familia y Promoción Social -Programa
19 - Actividad 1 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida
Parcial 7 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicios
años 2011/2012.
Artículo 3º.- El subsidio otorgado deberá ser inver-
tido dentro de los treinta (30) días de recepcionado y
rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia
dentro de los sesenta (60) días de su inversión con
copia a la Dirección General de Administración del Mi-
nisterio de la Familia y Promoción Social.
Dto. N° 136 30-12-11
Artículo 1º.- Designar a partir del 11 de diciembre
de 2011, al señor Maximiliano Javier LÓPEZ (M.I. Nº
25.420.188 - Clase 1976), como Personal de Gabinete,
BOLETIN OFICIAL PAGINA 3
Miércoles 4 de Enero de 2012
bunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Bo-
letín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
Cr. PABLO ALEJANDRO OCA
I: 03-01-12 V: 09-01-12
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Res. 1350 24-11-11
Articulo 1º.- DETERMINAR DE OFICIO SOBRE BASE
CIERTA, CON CARÁCTER PARCIAL, la obligación
impositiva de la responsable GRUPO B S. R. L. - CUIT Nº
30-70977137-6 - INSC. 907-326434-4, con domicilio
fiscal en Ecuador 2632 de la ciudad de Trelew, Provin-
cia de Chubut, por el Impuesto Sobre los Ingresos Bru-
tos-Convenio Multilateral.-
Artículo 2º.- INTIMAR al contribuyente a ingresar
dentro de los diez días de notificada la presente, la
deuda fiscal con mas el interés resarcitorio que fija el
articulo 38º que asciende a la suma de $ 5.006,84 (PE-
SOS CINCO MIL SEIS CON OCHENTA Y CUATRO CEN-
TAVOS).
Artículo 3°.- DISPONER la apertura del sumario
en las presentes actuaciones contra el contribu-
yente GRUPO B S. R. L. - CUIT Nº 30-70977137-6 -
INSC. 907-326434-4, con domicilio fiscal en Ecua-
dor 2632 de la ciudad de Trelew, Provincia de
Chubut, por presunta infracción al artículo 43º del
Código Fiscal.
Artículo 4°.- EMPLAZAR al contribuyente, para que
en el plazo de diez (10) días alegue su defensa, ofrez-
ca y produzca las pruebas que hagan a su derecho, de
conformidad a lo dispuesto por el Art. 51º del Código
Fiscal.-
Artículo 5°.- HACER SABER que podrá interponer
recurso de reconsideración contra lo dispuesto en el
artículo 1º de la presente, conforme lo establece el
artículo 66º del Código Fiscal (Ley XXIV Nº 38 – ex -
Ley 5450).
I: 29-12-11 V: 04-01-12
Res. Nº 1364 30-11-11
Articulo 1º: Extender a favor del contribuyente
BROCKEN S.A. inscripto en el Convenio Multilateral
bajo el número 901-207979-3, C.U.I.T. Nº 30-
70908065-9, con domicilio en Armenia Nº 2.417 -
Piso 4º, Capital Federal, por el término de ciento
ochenta (180) días corridos a partir del 28 de No-
viembre de 2011, una constancia de no percep-
ción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para
la jurisdicción Chubut.-
I: 29-12-11 V: 04-01-12
dependiente de la Secretaría General, desempeñando
su función como Asesor en la Administración de Vialidad
Provincial.-
Artículo 2º.- El funcionario designado en el artículo
anterior, percibirá una remuneración equivalente al car-
go de Subsecretario.-
RESOLUCION
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 1406/11.
Rawson, 22 de Diciembre de 2011.
VISTO:
El Expediente Nº 1969/11-DGR, las Leyes V Nº 71 y
XXIV Nº 38 y su reglamentación, y el Acuerdo Nº 297/
95 del Tribunal de Cuentas; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita
la depuración y eliminación de documentación adminis-
trativa y expedientes pertenecientes a este Organismo
que se encuentran en el archivo del mismo, anteriores
al año 2001;
Que ello resulta admisible teniendo en cuenta el tér-
mino de prescripción previsto para la determinación de
las obligaciones fiscales en el Código Fiscal – Ley XXIV
Nº 38 y su reglamentación, como así también el plazo
de DIEZ (10) años para conservar documentación pú-
blica sometida a control y verificación del mencionado
Organismo tendiente a imponer la responsabilidad pa-
trimonial que prevén los Capítulos VI y VII de la Ley V Nº
71 y el Acuerdo Nº 297/95 del Tribunal de Cuentas de la
Provincia;
Que es necesario y conveniente proceder a la eli-
minación de la documentación que en detalle consta
desde fs. 100 a 123 inclusive del Expediente Nº 1969/
11-D.G.R. fijándose la fecha para ello;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asun-
tos Legales de la Dirección General de Rentas;
POR ELLO
El Director General de Rentas
RESUELVE:
Artículo 1º: Fíjese el día 31 de enero de 2012 para la
destrucción y eliminación de la documentación adminis-
trativa anterior al año 2.001, según detalle que consta
desde fs. 100 a 123 inclusive del Expediente Nº 1969/
11- D.G.R., transcribiéndose al Libro de Actas Nº 2 ru-
bricado por la Escribanía General de Gobierno con fe-
cha 22 de abril del 2010.-
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese a las Direc-
ciones dependientes de esta Dirección General, al Tri-
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 4 Miércoles 4 de Enero de 2012
Res. Nº 1376 06-12-11
Artículo 1.- Aprobar el instructivo sobre exigencias
formales mínimas para el dictado de Resoluciones y
Disposiciones que como Anexo A forma parte integran-
te de la presente Resolución.
ANEXO A
Exigencias formales mínimas para Resoluciones y
Disposiciones:
1) Deberán proyectarse en un (1) ejemplar original,
en hoja con membrete de la repartición, las que
deberán ser impresas en hoja oficio blanca.
2) No se recepcionarán hojas rotas, sucias, con
enmiendas, raspaduras, espacios en blanco, sea
en el original o en las copias de los proyectos admi-
nistrativos.
3) La escritura admitida es en computadora a espa-
cio de interlineado de 1 y ½ punto y en letras Times
New Roman, con un tamaño de 12 puntos, teniendo
en cuenta que el formato de texto debe ser justifi-
cado.
4) Cuando resulte necesario emplear mas de una
hoja para el Acto Administrativo, las mismas deben
foliarse, en el margen inferior derecho de cada hoja,
omitiendo la numeración en la 1º de ellas, insertan-
do en el margen inferior derecho el símbolo (//…).
5) La sangría de los considerandos debe ser de
igual medida en cada uno de ellos, con un tamaño
de cinco espacios desde el margen izquierdo.
6) El 2° renglón de cada artículo tendrá una sangría
idéntica al espacio que ocupe la primera línea (para
mayor entendimiento véase el articulado de la pre-
sente Resolución).
7) Los márgenes de las hojas deben configurarse
en: superior 6 cms., inferior 3 cms., izquierdo 4
cms., y derecho 3 cms.
8) No se admiten abreviaturas como tampoco resal-
tados en negrita mas que las leyendas de forma de
los actos administrativos: RAWSON, VISTO, CON-
SIDERANDO, POR ELLO, EL DIRECTOR GENERAL
DE RENTAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT (esto
último todo en un mismo renglón y centrado) RE-
SUELVE Y RESOLUCION Nº.
9) Sólo se admiten palabras en letras mayúsculas
para casos en que deba expresarse apellidos, can-
tidades de dinero, medidas, las que luego serán
repetidas entre paréntesis con números.
10) La indicación RESOLUCION Nº ……. DGR.- se
dispondrá al final de la hoja, independientemente
del espacio que intermedie con el texto, con el obje-
to de que ese espacio intermedio sea destinado
para la suscripción de la firma de autoridad compe-
tente. En caso de que dicho espacio no fuera sufi-
ciente, deberá estructurarse el Acto Administrativo
de tal manera que la firma quepa en forma prolija.
11) Cuando resulte necesario emplear más de una
hoja para el Acto Administrativo, en la parte del
articulado, debe respectarse la continuidad del tex-
to al pasar a la hoja siguiente cuidando de que no
queden artículos aislados (en la segunda hoja) que
pueda prestarse a dudas o confusión.
12) Sirva la Resolución que aprueba el presente
instructivo de ejemplo del formato que deben exhi-
bir la normativa dictada por este Organismo.
I: 29-12-11 V: 04-01-12
Res. Nº 1381 06-12-11
Articulo 1º: Extender a favor del contribuyente José
M. Alladio e Hijos S.A., inscripto en el impuesto sobre
los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral bajo el Nº
904-230591-8 – C.U.I.T. Nº 30 -50268047-8, con domi-
cilio en Avenida Córdoba Nº 325 de la Ciudad de Luque,
Provincia de Córdoba por el término de noventa (90)
días corridos contados a partir del 14 de Diciembre de
2011, las constancias de No Retención y No Percep-
ción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la
Jurisdicción Chubut.-
I: 29-12-11 V: 04-01-12
Res. Nº 1388 06-12-11
Articulo 1º.- DETERMINAR DE OFICIO SOBRE
BASE CIERTA, CON CARÁCTER PARCIAL, la obliga-
ción impositiva de la responsable SEGUTEX S. R. L.
- CUIT Nº 30-70959828-3 - INSC. 901-218980-6,
con domicilio fiscal en San Martin 138 O’Brien de la
Localidad de Bragado, Provincia de Buenos Aires,
por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos-Conve-
nio Multilateral.-
Artículo 2º.- INTIMAR al contribuyente a ingresar
dentro de los diez días de notificada la presente, la
deuda fiscal con más el interés resarcitorio que fija el
articulo 38º que asciende a la suma de $ 19.742,30
(PESOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
DOS CON TREINTA CENTAVOS).
Artículo 3°.- CLAUSURAR el sumario instruido me-
diante Disposición Nº 091/11-DF e IMPONER al contribu-
yente SEGUTEX S. R. L. - CUIT Nº 30-70959828-3 -
INSC. 901-218980-6, con domicilio fiscal en San Martin
138 O’Brien de la Localidad de Bragado, Provincia de
Buenos Aires, una multa correspondiente al treinta por
ciento (30%) del impuesto omitido, en virtud de encon-
trarlo responsable de la infracción al artículo 43º del
Código Fiscal.
Artículo 4°.- INTIMAR al contribuyente, para que
dentro del plazo de diez (10) días de notificada la
presente ingrese a la Orden de la Dirección Gene-
ral de Rentas de la Provincia del Chubut, la suma
de $ 3.438,76 (PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS
TREINTA Y OCHO CON SETENTA Y SEIS CENTA-
VOS), en concepto de multa por omisión de impues-
to, en virtud de los considerandos que anteceden.
Artículo 5°.- HACER SABER que podrá interponer
recurso de reconsideración contra lo dispuesto en el
artículo 1º y 3º de la presente, conforme lo establece el
artículo 66º del Código Fiscal.
I: 29-12-11 V: 04-01-12
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