Decreto 3264 / 2010. Decreto Sintetizado del 06 de Octubre de 2010. Aviso Nro: 17418

Fecha de la disposición21 de Octubre de 2010
Número de Boletín27392
Fecha de Publicación21 de Octubre de 2010

DECRETO N° 3.264/3 (ME), del 06/10/2010. Expte. N° 659/369-D-2010. VISTO el Decreto N° 3513/3(ME)-2009 y su modificatorio y CONSIDERANDO:

Que subsisten los motivos por los cuales oportunamente se contemplara la situación de aquellos inmuebles urbanos no baldíos pertenecientes a familias de menores recursos a través del Decreto citado en el Visto, es que corresponde, para el período fiscal 2011, mantener las bonificaciones dispuestas por el mismo para los citados inmuebles:

Por ello, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 2058 del 23/09/2010, adjunto a fs. 8 de estos actuados. El Gobernador de la Provincia DECRETA:

Artículo 1°

Establecese, para los inmuebles urbanos no baldíos, cuya valuación fiscal por aplicación del Decreto N° 251/3(ME)-2007 no supere la suma de $30.000 (pesos treinta mil), una bonificación en el Impuesto Inmobiliario del período fiscal 2011 equivalente al importe que permita tributar idéntico monto que el devengado para el período fiscal 2007, se hayan o no incorporado mejoras a los mismos en los términos de la Ley de...

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