Decreto S 1042/1969

Fecha de la disposición14 de Marzo de 1969



DecretoS 1042/1969Bs. As., 14/3/1969

VISTO la situación actual del personal de la SECRETARIA DE INFORMACIONES DE ESTADO afectado por la Ley Nro. 17.112/67 y en trámite de jubilación, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nro. 17.112 “S” del 11 de enero de 1967 fué aprobado el Estatuto para el personal civil de dicha Secretaría de Informaciones y el de los Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas;

Que por los artículos 18º y 21º de la indicada ley se facultó a los responsables de la Secretaría de Informaciones de Estado y de los Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas a reestructurar sus respectivas dependencias, derogándose a tal efecto el Decreto-Ley “S” Nro. 2.121/58;

Que en la actualidad y en virtud de dicha reestructuración existe personal de los citados organismos que no ha sido escalafonado en la Ley “S” Nro. 17.112/67 por tener en trámite su jubilación;

Que por ello, y ante la derogación del Decreto-Ley “S” Nro. 2.121/58, se debe considerar comprendido al indicado personal en el Artículo Nro. 299 del Decreto “S” Nro. 9.480 reglamentario del Estatuto en vigencia, al solo efecto de que se le apliquen las equivalencias prescriptas en el citado cuerpo legal,

Por ello;

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Declárase al personal de la Secretaría de Informaciones de Estado y de los Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, no escalafonado en la Ley Nro. 17.112/67 por tener en trámite su jubilación, comprendido dentro de lo dispuesto en el Artículo Nro. 299 del Decreto “S” Nro. 9480/67.

Art. 2°

— Dicha inclusión se realiza al solo efecto jubilatorio, debiendo por lo tanto las Cajas Nacionales de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR