Decreto S 1917/1986

Fecha de la disposición21 de Octubre de 1986



DecretoS 1917/1986Bs. As., 21/10/1986

VISTO la necesidad de introducir modificaciones en la reglamentación de los artículos 25 y 25 bis de la Ley de Defensa Nacional Nº 16.970, modificada por su similar Nº 20.194, aprobada por el Decreto Nº 1793 “S” del 9 de Marzo de 1973 y “S” Nº 3401/79, del 28 de Diciembre de 1979, y

CONSIDERANDO:

Que debe adecuarse el Sistema Nacional de Inteligencia (SNI) a las actuales necesidades de la Conducción Superior del Estado, adaptando las prescripciones legales vigentes sobre la base de las responsabilidades primarias y específicas de cada organismo de inteligencia.

Que resulta indispensable efectuar un ajuste del Régimen Orgánico Funcional de la CENTRAL NACIONAL DE INTELIGENCIA (CNI), a fin de producir la Inteligencia Estratégica Nacional (IEN) necesaria para la Conducción y Defensa del Estado, integrada con el aporte de la totalidad de los organismos de inteligencia y de los órganos de información del Estado, nacionales y provinciales.

Que deben incluirse como miembros permanentes de la CENTRAL NACIONAL DE INTELIGENCIA a los funcionarios de los ministerios cuyas áreas de competencia revistan especial relevancia para la Inteligencia Estratégica Nacional (IEN).

Que la experiencia recogida durante el funcionamiento de la CENTRAL NACIONAL DE INTELIGENCIA aconseja dotar de mayor ejecutividad y unidad de acción a la conducción de esta Central con el fin de colaborar en la gestión del Jefe de la referida.

Que es facultad del Poder Ejecutivo Nacional en virtud de lo dispuesto en el Artículo 86 inciso 2° de la Constitución Nacional reglamentar las normas relativas a la CENTRAL NACIONAL DE INTELIGENCIA.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— A partir de la fecha del presente decreto la CENTRAL NACIONAL DE INTELIGENCIA ajustará sus actividades al...

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