Decreto S 6781/1971
Fecha de disposición | 31 Diciembre 1971 |
Fecha de publicación | 04 Abril 2013 |
Sección | Decretos |
Bs. As., 31/12/1971
VISTO lo informado por el señor Comandante en Jefe de la Armada y lo propuesto por el Ministerio de Defensa en expediente M.E.52. Nº 40 “S”/71.
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta la absoluta carencia de equipos de comunicaciones adecuados para satisfacer las necesidades emergentes del Plan de Apoyo Nº 01 “S”/70 del COMANDANTE EN JEFE DE LA ARMADA, es imprescindible la adquisición de los transreceptores de HF (BLU) de que trata el presente expediente;
Que la incorporación de este equipamiento contribuiría eficazmente al cumplimiento de la nueva política, tendiente a lograr una modificación sustancial a los Planes de Comunicaciones a través de la adopción de equipos de tecnología avanzada;
Que el logro de este objetivo, unido a los nuevos Planes de Formación de Personal de Comunicaciones, ya en vigor, constituiría a su vez, la más eficaz y acabada contribución para el cumplimiento de las actuales políticas sobre racionalización de personal;
Que conforme lo dispuesto por Ley Nº 18.875 de fecha 23 de Diciembre de 1970, la presente adquisición debe encararse por intermedio de la Industria Nacional;
Que es objetivo gubernamental el de contribuir a una demanda sostenida y creciente para las empresas industriales del país, canalizando las compras hacia la capacidad de construcción local;
Que con esta adquisición se cumplimentan cabalmente los conceptos expuestos en las “Políticas Nacionales”, las que incluyen una clara intención de proteger y fortalecer directa e indirectamente la producción local de bienes y servicios nacionales;
Que el presente material se considera bélico y en consecuencia su adquisición debe rodearse de la mayor reserva, por cuanto su conocimiento por parte de potencias extranjeras acerca de su utilización en la ARMADA ARGENTINA, daría a aquellas un importante elemento de juicio sobre el real grado de adiestramiento del personal de la Armada;
Que en el presente caso es de aplicación lo establecido en el artículo 56, inciso 3º), apartado c) de la Ley de Contabilidad;
Por ello;
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
— Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA (COMANDO EN JEFE DE LA ARMADA) a contratar en forma directa la adquisición de transreceptores de HF (BLU) a la firma “FAPECO S.A.I.C.” por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($.1.137.952,76) importe en el que...
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