Decreto 288/90. Obligaciones negociables

Páginas1215-1215

Page 1215

1. Las obligaciones negociables previstas en la ley 23.576, autorizadas a ser ofertadas públicamente por la Comisión Nacional de Valores, pueden emitirse para ser negociadas en el mercado abierto y/o bursátil, adoptando la forma de al portador o cualquiera de los otros tipos de circulación previstos para las acciones en el artículo 208 de la ley 19.550, t.o. año 1984.

2. De forma.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR