Decreto Nro. 74 - RATIFICA CONVENIO
Emisor | MINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA |
Fecha de la disposición | 11 de Enero de 2019 |
MENDOZA, 11 DE ENERO DE 2019.
Visto el expediente EX-2018-03280789-GDEMZA-SAYOT, en el cual se tramita el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Lic. Humberto Daniel Mingorance D.N.I. N° 17.317.022 y el Director de Recursos Naturales Renovables, Sr. Sebastián Julio Melchor D.N.I. N° 30.755.691 y la empresa YPF S.A., representada por el Lic. Adolfo Sánchez D.N.I. N° 23.188.680; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial solicita apoyo a la empresa YPF S.A., para solucionar la problemática de hospedaje y la falta de un espacio físico de trabajo para el personal de la Dirección de Recursos Naturales Renovables que cumple funciones en la zona de Potrerillos, Departamento de Luján de Cuyo, Provincia de Mendoza.
Que YPF S.A. posee una estructura desmontable de doscientos cincuenta metros cuadrados (250 m²), tipo galpón, de material de zinc, que podría ser utilizada por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial como espacio habitacional de albergue y oficinas para el personal de Guardaparques de la Dirección de Recursos Naturales Renovables que trabaja en la zona de Potrerillos, Departamento de Luján de Cuyo, Provincia de Mendoza.
Que el objeto del Convenio es la Donación de la estructura mencionada por parte de YPF S.A. a la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial con la finalidad de trabajar mancomunadamente para alcanzar la sustentabilidad medioambiental, fortaleciendo iniciativas de generación y mejora de espacios públicos.
Que de acuerdo a lo dispuesto por Ley N° 8830 y Artículo 31 del Decreto Acuerdo N° 2677/2017, reglamentario de la Ley N° 9033 (Presupuesto 2018), se ha cometido un vicio leve por incompetencia, de acuerdo al Artículo 57 inc. a) de la Ley N° 9003, el cual queda subsanado con la ratificación de dicho Convenio por el Señor Gobernador de la Provincia, conforme lo establecido por el Artículo 77 inc. b) de la Ley mencionada.
Por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 8706, Artículo 127 inc. a) pto. II i. y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Ratifíquense el Convenio y su Anexo I celebrados entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Secretario de Ambiente y Ordenamiento...
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