Decreto Nro. 677 - EXPEDIENTE N° 1260-D-14-18006

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2021

MENDOZA, 27 DE MAYO DE 2021

Visto el Expediente Nº 1260-D-14-18006 y Expedientes acumulados Nº 2055-E-13-18006 y N° 11593-S-12-18006, en el cual la empresa Transportes Uspallata S.R.L., presenta Recurso Jerárquico contra la Resolución N° 4779 del año 2013, emitida por la ex Secretaria de Transporte, actual Secretaría de Servicios Públicos; y

CONSIDERANDO:

Que se presenta la recurrente a plantear formal Recurso Jerárquico contra la Resolución N° 4779/2013, mediante el cual se dispuso el rechazo del Recurso de Revocatoria oportunamente planteado por la administrada.

Que la administrada fue infraccionada mediante el acta de infracción serie “C” N° 029395 del día 13 de setiembre de 2012 porque se le comprobó que la unidad, dominio JBG-345, circulaba sin la constancia de seguro de ART.

Que la recurrente manifestó que el chofer mostró la existencia del certificado de cobertura por accidentes de trabajo el cual se habría expedido en su interés; insinuó que existen defectos de tipicidad en el marco legal fundante de la sanción y añadió diversas consideraciones en cuanto a que no procedería la reincidencia.

Que el Recurso Jerárquico en tratamiento es inadmisible formalmente dada la manifiesta falta de legitimación para obrar que se cierne sobre Transportes Uspallata S.R.L., ya que la única parte objetivamente interesada para poder recurrir por la vía jerárquica ha sido la empresa Expreso Uspallata S.A.

Que es imprescindible que la actuación administrativa de que se trate reúna los requisitos de tiempo y forma, siendo la personería un extremo constitutivo de la forma, conforme lo dispuesto por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Que el recurso planteado resulta inválido e ineficaz en sí mismo.

Que las...

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