Decreto Nro. 64 - EX-2020-05543305--GDEMZA-DIYP#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición28 de Enero de 2021

MENDOZA, 28 DE ENERO DE 2021.

Visto el expediente EX-2020-05543305--GDEMZA-DIYP#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por la agente VIOLETA MÓNICA CARRIZO, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 del expediente de referencia obra la renuncia presentada por Da. VIOLETA MÓNICA CARRIZO, DNI Nº 11.611.843, CUIL Nº 27-11611843-8, a partir del 01 de diciembre de 2020, al cargo que ocupaba en la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes con funciones en el Departamento de Inventario, con el fin de acogerse a los beneficios de la jubilación;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada a partir del 01 de diciembre de 2020 la renuncia presentada por la agente que a continuación se menciona, al cargo que se consigna, de la dependencia del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

SUBSECRETARÍA DE SALUD - UNIDAD ORGANIZATIVA 75

CLASE 016 – Cód. 15-1-03-09 – Jefe de Departamento.

Da. VIOLETA MÓNICA CARRIZO, clase 1960, DNI Nº 11.611.843, CUIL Nº 27-11611843-8.

Artículo 2º

La Sra. VIOLETA MÓNICA CARRIZO, DNI Nº 11.611.843, CUIL Nº 27-11611843-8, deberá en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución.

Artículo 3º

El Sr. Gobernador, la...

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