Decreto Nro. 631 - EX-2021-02156064-GDEMZA-MESA#MIPIP

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2021

MENDOZA, 18 DE MAYO DE 2021

VISTO el EX-2021-02156064-GDEMZA-MESA#MIPIP, en el cual se gestiona la baja del agente del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, Señor JORGE DAVID GARCIA, por haber accedido a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en el orden 2 se encuentra agregada la renuncia presentada por el citado agente, C.U.I.L. Nº 20-11487791-4, a partir del 14 de Abril de 2021 al cargo de CLASE 010 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 1-03-08) Jefe División.

Que en el orden 6 se agrega el informe respecto de la situación de revista del agente de que se trata, producido por la Subdirección de Recursos Humanos del mencionado Ministerio.

Que por otra parte y de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto - Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual la continuidad o no de su afiliación al citado organismo.

Por ello, conforme con lo dispuesto en el Artículo 12º del Decreto – Acuerdo 109/96 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A :

Artículo 1º

- Téngase por aceptada, a partir del 14 de abril de 2021, la renuncia presentada por el agente del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, Señor JORGE DAVID GARCIA, D.N.I. Nº 11.487.791, C.U.I.L. Nº 20-11487791-4, al cargo de CLASE 010 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 1-03-08) Jefe División, con motivo de haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.

Artículo 2º

- El agente mencionado en el artículo anterior, en el término de SESENTA (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente norma legal, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada Institución.

Artículo...

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