Decreto Nro. 61 - EX-2020-03503453--GDEMZA-ASSANCARLOS#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición27 de Enero de 2021

MENDOZA, 27 DE ENERO DE 2021

Visto el expediente EX-2020-03503453--GDEMZA-ASSANCARLOS#MSDSYD, en el cual obra la renuncia presentada por Dn. ÍTALO ALFREDO ROJAS, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 09 del expediente de referencia obra la renuncia presentada por Dn. Ítalo Alfredo Rojas, DNI Nº 11.502.374, CUIL Nº 20-11502374-9, a partir del 30 de octubre de 2020, al cargo que ocupaba en el Área Sanitaria San Carlos, con el fin de acogerse al beneficio de la jubilación;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada y la conformidad de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada a partir del 30 de octubre de 2020 la renuncia presentada por el agente que a continuación se menciona, al cargo que se consigna, de la dependencia del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

ÁREA SANITARIA SAN CARLOS - UNIDAD ORGANIZATIVA 53

CLASE 012 – Cód. 15-2-02-01

Dn. ÍTALO ALFREDO ROJAS, clase 1955, DNI Nº 11.502.374, CUIL Nº 20-11502374-9.

Artículo 2º

Establézcase que Dn. ÍTALO ALFREDO ROJAS, DNI Nº 11.502.374, CUIL Nº 20-11502374-9, deberá en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución.

Artículo 3º

El Sr. Gobernador, la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo...

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